La DGT extrema los controles de alcohol a los jóvenes en estas fechas

Los conductores menores de edad no pueden dar mas de 0,0

Pedro Lamazares
10:00 • 12 dic. 2023 / actualizado a las 10:02 • 12 dic. 2023

Un año más durante el mes de  diciembre más, la DGT pondrá en marcha sus tradicionales controles de alcohol y drogas por las habituales cenas y comidas navideñas: desde el lunes 11 de diciembre y hasta el domingo 17 se intensificarán en las carreteras y ciudades españolas.



La DGT quiere hacer hincapié este año en que  ya hay una tasa cero y la deben cumplir los siguientes conductores:



Con la reforma de la Ley de Tráfico, uno de los cambios recién llegados ha sido la tasa 0,0 que la ha estrenado para un grupo específico: los conductores menores de edad. Antes se regían por las tasas generales, pero tras este cambio normativo dar positivo significa multa independientemente de la tasa. Sólo vale el 0,0 en el alcoholímetro.



¿Cuál es la multa?



Multa de 500 euros: si no supera los 0,50 mg/l de aire espirado



Multa de 1.000 euros: si supera los 0,50 mg/l de aire espirado.



Por otra parte, si se es reincidente siempre se sanciona con 1.000 euros y esto incluye a los conductores menores de edad. Negarse a realizar las pruebas también tiene multa: 1.000 euros de sanción.





¿Se restan puntos?

Sí: el carnet por puntos se aplica a cualquier permiso de la DGT.


Cuatro puntos: si no supera los 0,50 mg/l de alcohol (o 0,30 mg/l en el caso de los noveles)

Seis puntos: cuando supera los 0,50 mg/l (0 los 0,30 mg/l en el caso de los noveles.


Hay que recordar que los jóvenes de menos de 18 años pueden circular con ciertos vehículos a motor: ciclomotores, cuadriciclos y motos de baja cilindrada, siempre y cuando tengas los siguientes permisos:


Carnet AM: desde los 15 años. Permite circular con ciclomotores (de hasta 50 cc) de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros (de 350 kg o menos y de hasta 50 cc o 4 kW si son eléctricos).

Carnet A1: desde los 16 años. Permite circular con motocicletas de hasta 125 cc y con una potencia máxima de 11 kW (15 CV).


La DGT también puede multar a los conductores menores si circulan bebidos en bicicleta o con un patinete eléctrico, aunque no se exija permiso de conducir para estos vehículos. 





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