Guía para la fase 3: todo lo que podemos hacer (y lo que no)

Los cambios para esta etapa según el Boletín Oficial del Estado

Vista de la calle Reyes Católicos de Almería durante la Fase 2.
Vista de la calle Reyes Católicos de Almería durante la Fase 2. Juan Antonio Barrios
Evaristo Martínez / EP
22:27 • 30 may. 2020

La provincia de Almería y toda Andalucía pasan hoy a la fase 3 y, como cada cambio de fase, el camino a la nueva normalidad sufre cambios. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ya hizo públicos todos los cambios sobre las medidas previstas para la fase 3 de la desecalada, que entra hoy en vigor, si bien cuatro islas (La Gomera, El Hierro, La Graciosa y Formentera) disfrutan de la relajación de las restricciones desde el lunes 1 de junio.



En este artículo repasamos todo lo que podremos hacer (y lo que no) en la recta final de la desescalada, que ya podemos disfrutar en Almería. Sea como sea, el Ministerio de Sanidad insiste en que el alivio en las medidas no conlleva abandonar las normas de prevención del contagio del coronavirus establecidas, como la distancia de dos metros, el lavado de manos y el uso de mascarilla, obligatorio siempre que no se pueda mantener esa distancia social.



Franjas horarias y reuniones



Adiós a las franjas horarias en la fase 3 y sí a las reuniones de hasta un máximo de 20 personas en domicilios y al aire libre. En el caso de contacto social con personas vulnerables al Covid-19, se deberán extremar las medidas de seguridad e higiene.



Velatorios y entierros



Los velatorios se podrán celebrar con un máximo de 50 personas si son al aire libre y de 25 si se celebran en espacios cerrados, mientras que para el enterramiento o despedida para cremación se restringe a 50 personas.



Bodas



Las bodas podrán celebrarse con un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 en espacios cerrados, siempre que no se supere el 75 por ciento del aforo del recinto. Las celebraciones que pudieran tener lugar tras la ceremonia y que impliquen algún tipo de servicio de hostelería y restauración, se deberán ajustar a las condiciones para su sector establecidas para la fase 3.


Aforo para museos y bibliotecas y espectáculos culturales (cine, teatro, conciertos...)

Los museos, espectáculos culturales y bibliotecas abrirán con un aforo máximo del 50%. Los museos podrán acudir grupos de hasta 20 personas, manteniendo la distancia de seguridad interpersonal. Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y similares deberán tener las butacas preasignadas y no superar el 50 por ciento del aforo máximo en cada sala. En cualquier otro espectáculo cultural, si es en espacio cerrado el aforo será de hasta 80 personas, siempre y cuando no se supere el 50 por ciento del aforo del recinto; y de hasta 800 personas si es al aire libre y las personas están sentadas, sin superar la mitad de la capacidad máxima del aforo.


En las terrazas y, de nuevo, en la barra

Las terrazas al aire libre podrán ser ocupadas hasta el 75% de su capacidad. Además, se permitirá abrir al público para consumo en el local, salvo los locales de discoteca y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere el 50% de su aforo. Por último, estará permitido el consumo en barra siempre que se garantice una separación mínima de dos metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes, similar a la distancia que se establece entre mesas.


Las discotecas tienen que esperar

Aunque en un principio estaba previsto que los bares de copas y discotecas pudieran abrir en la fase 3 con restricciones de aforo finalmente no será así. Algo que la Federación de Empresarios de Ocio Nocturno (España de Noche) ha calificado de "incomprensible". Para España de Noche, es una "sorpresa" el "endurecimiento y suspensión" del inicio de la actividad recreativa y cultural prevista para la tercera fase de la desescalada, por lo que ha mostrado su "perplejidad e incomprensión" por las medidas publicadas este sábado por el Ejecutivo.


Aforo para los comercios
Se permitirá que la apertura de establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre y cuando se limite su aforo al 50%. Las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales podrán abrirse al público limitando su aforo al 40%, permitiendo, además, la apertura los establecimiento y locales comerciales situados dentro de ellos al 50% de su aforo.


Hoteles y alojamientos turísticos

Se permite la apertura al público de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos siempre que no superen el 50% de su aforo. Los espacios cerrados donde se vayan a celebrar eventos, actividades de animación o gimnasios, deberán ventilarse dos horas antes de su uso.


Las actividades de animación o clases grupales en los hoteles deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 20 personas y se realizarán preferentemente al aire libre y se evitará el intercambio de material. Se deberá respetar la distancia mínima de seguridad entre las personas que asistan a la actividad y en caso de no poder respetarse, se deberán utilizar mascarillas.


Negocios de temporada de verano
¿Y esos otros negocios que empiezan su temporada en verano, como piscinas o campamentos?

Zoológicos: Los zoológicos, acuarios y centros recreativos turísticos podrán reabrir al público con una limitación de su aforo total al 50 por ciento en la fase 3 de la desescalada.


Campamentos: Las actividades de tiempo libre destinadas a la población infantil y juvenil podrán reanudarse siempre que se garanticen las medidas de prevención e higiene y cuenten con un procedimiento para el manejo de posibles casos de Covid-19. Además, las comunidades autónomas podrán establecer condiciones adicionales.


En caso de que las actividades sean al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al 50% con un máximo de 200 participantes, incluyendo los monitores. Cuando sean en espacios cerrados, el aforo será de un tercio, con un máximo de 80 participantes, incluyendo los monitores. Durante el desarrollo de las actividades, se deberá organizar a los participantes en grupos de hasta un máximo de diez personas, incluido el monitor y, en la medida de lo posible, las actividades e interacciones se restringirán a los componentes de cada uno de estos grupos.


Actividades en la naturaleza: Se permite realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupo de hasta 30 personas. Estas actividades se concentrarán, preferentemente, mediante cita previa.


Guía turístico: En cuanto a la actividad de guía turístico, la publicación apunta que se concertarán, preferentemente, mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de 20 personas. Durante el desarrollo de la actividad se evitará el tránsito por zonas o lugares susceptibles de generar aglomeraciones.


Casinos, casa de apuestas y salones de juego

Los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas, podrán abrir siempre que no se supere el 50% del aforo permitido y, en todo caso, un máximo de 50 personas.


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