Las antenas de telefonía no se podrán ubicar cerca de colegios o parques
Las antenas de telefonía no se podrán ubicar cerca de colegios o parques
El municipio de Roquetas de Mar se convirtió esta semana en uno de los pocos de la provincia que cuentan con una normativa propia sobre la instalación de antenas de telefonía móvil. El Pleno, aprobó por unanimidad de todos los grupos, la nueva Ordenanza Municipal de Instalaciones Radioeléctricas, que a partir de ahora regulará la concesión de licencias de este tipo. La nueva norma, a la que ha tenido acceso LA VOZ, establece la obligación de los operadores de telefonía de presentar un Plan de Implantación “que refleje el conjunto de todas sus instalaciones radioeléctricas en funcionamiento dentro del término municipal y las previstas”.
El citado Plan, deberá tener en cuenta algunos aspectos, como “minimizar, en la mayor medida posible, los niveles de emisión cercanos a las áreas de influencia sobre espacios sensibles, tales como escuelas, centros de salud, hospitales o parques públicos”. En este sentido, la normativa municipal establece que “no se podrán instalar dichas infraestructuras a menos de 200 metros de dichos emplazamientos”.
Además, entre las condiciones de protección establecidas, también se destaca que “no podrán hacerse nuevas instalaciones radioeléctricas o modificar las existentes cuando por ese motivo se superen en su zona de influencia los límites de exposición establecidos en la normativa aplicable”, se recoge textualmente.
Especial atención presta la regulación de este tipo de instalaciones a la parte estética, y en especial, a los efectos que éstas tienen en zonas culturales e históricas. De esta manera, especifica que “no podrán establecer instalaciones radioeléctricas en los bienes inmuebles de interés cultural declarados monumentos por la Ley de Patrimonio Histórico” y también recoge la “limitación” de las instalaciones “en los conjuntos histórico-artísticos, zonas arqueológicas y jardines declarados como bienes de interés cultural, obligándose a incorporar las medidas de mimetización o las soluciones específicas que minimicen el impacto visual”.
Por esta misma razón estética, también se prohíbe expresamente las instalaciones radioeléctricas “en las cubiertas de los edificios cuya altura sea inferior a cuatro plantas”. En aquellos edificios donde sí se puedan instalar estas infraestructuras, “se adoptarán las medidas necesarias para reducir al máximo los impactos ambiental y visual” y se establecen una serie de consideraciones que deberán tener en cuenta las empresas propietarias de las antenas para evitar problemas.
En cuanto a las “parcelas no edificadas” se establecerá, en caso de considerarse necesario, “las condiciones de provisionalidad de la licencia”. Las empresas deberán presentar su solicitud y para poder conseguir la licencia, para lo que deberán contar con los informes de los servicios municipales de medio ambiente y urbanismo, además de los servicios de protección del patrimonio histórico-artístico natural, en los casos que proceda.
La nueva normativa municipal establece a las actuales instalaciones un plazo de 3 años para adaptarse a los requerimientos establecidos ahora. Eso sí, todas las instalaciones existentes “deberán acreditar el cumplimiento de los límites de referencia, con la copia de la última certificación exigible presentada al Ministerio de Industria”, para lo que dispondrán de un plazo de un mes, una vez entre en vigor la ordenanza.
Su aprobación contó con el apoyo de todos los grupos en el pasado Pleno. La normativa fue prometida este pasado verano por la concejala de Gestión de la Ciudad, Eloísa Cabrera, si bien desde el PSOE se recordó que hace un año que ellos propusieron su redacción.