El agresor del patinete tendrá que ir a un curso de reeducación sexual para evitar la cárcel
El hombre ha sido condenado por 4 delitos de agresión sexual

EUROPA PRESS - Archivo
El Juzgado de lo Penal número 4 ha juzgado este martes día 29 de julio al joven detenido el pasado 5 de marzo por agredir sexualmente a tres mujeres en el centro de Almería mientras circulaba en patinete eléctrico. El acusado ha sido condenado este martes 29 de julio a cinco años y un día de prisión por cuatro delitos de agresión sexual.
Tras alcanzar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y la acusación particular, ya que las penas de los delitos imputados no exceden 2 años de prisión, el tribunal ha acordado suspender la pena privativa de libertad, con la condición de que no cometa ningún nuevo delito en los próximos cuatro años, abone las indemnizaciones a las víctimas y realice un curso de reeducación sexual. Además, le ha sido impuesta una orden de alejamiento de las víctimas y libertad vigilada.
El acusado, que ha permanecido en prisión durante cinco meses, después de que, se decretara su internamiento en prisión el pasado 6 de marzo, ha reconocido los hechos ante el tribunal, evitando que se prolongara el juicio a otra sesión y llegar a una conformidad con la parte demandante.
La vista ha comenzado a las 12:00 del mediodía en la sala de vistas número 5 de los juzgados de Almería. Durante la sesión, el tribunal ha escuchado las peticiones de penas solicitadas por la Fiscalía y la acusación particular, que elevaban en sus escritos de acusación delitos de agresión sexual, y agresión sexual con violencia.
En relación con las penas solicitadas, la Fiscalía ha propuesto para el acusado diversas condenas de prisión, con la posibilidad de ser sustituidas por expulsiones del territorio nacional.
En concreto, solicita dos años y medio de cárcel por un delito de agresión sexual, a sustituir por la expulsión de España durante siete años; cuatro años de prisión por un delito continuado de agresión sexual, con la opción de reemplazo por diez años de expulsión; y, por un tercer delito de agresión sexual, tres años y medio de prisión, igualmente con la expulsión del país durante una década como alternativa.
Junto a estas penas, el Ministerio Fiscal interesa también la imposición de órdenes de alejamiento respecto a las víctimas, así como la medida de libertad vigilada durante un total de catorce años, una vez cumplida o ejecutada la condena. Además, solicita la inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier actividad, profesional o no, que implique contacto directo con menores de edad.
Los hechos
Según los hechos recogidos en el escrito de acusación y ratificados por el propio acusado, los delitos ocurrieron en diferentes calles céntricas de Almería —entre ellas, la calle Merino, la calle Marcos y la calle Relámpago— durante un periodo que abarca desde el 24 de febrero hasta el 5 de marzo de 2024.
El patrón se repitió en todos los casos, el hombre se desplazaba en un patinete eléctrico y seleccionaba a mujeres desprevenidas que caminaban solas o acompañadas. Siempre actuaba por la espalda y de forma repentina, aprovechando la movilidad del vehículo y la estrechez de las calles. En cuestión de segundos, se aproximaba a las víctimas y les realizaba tocamientos sexuales sin su consentimiento, para luego huir rápidamente.
Uno de los episodios más graves tuvo lugar el 5 de marzo. La víctima, que paseaba con un bebé de apenas dos meses, fue atacada mientras empujaba el carrito. El agresor le introdujo la mano por el pantalón y le tocó los glúteos y la zona genital con violencia, intentando incluso introducir los dedos. La mujer, completamente paralizada, no tuvo capacidad de reacción, mientras el agresor escapaba como en los ataques anteriores.
Delitos y conformidad
Tras casi cuatro horas de juicio, ambas partes han llegado a un acuerdo de conformidad y el acusado ha sido condenador por cuatro delitos contra la libertad sexual: tres de ellos por agresión sexual, según el artículo 178.1 del CP) y uno por agresión sexual con violencia (art. 178.3) La pena impuesta ha sido de un año y un día de prisión por cada uno de los tres primeros delitos y dos años por el cuarto, considerado agravado, lo que suma un total de cinco años y un día de prisión.
Además, el acuerdo incluye el pago de indemnizaciones económicas a las víctimas, en función de la gravedad de los hechos sufridos: 3.000 euros para la primera mujer agredida; 5.000 euros para la segunda víctima, que sufrió dos episodios separados de agresión sexual; 7.000 euros para la tercera víctima, que fue objeto del ataque con violencia mientras cuidaba a su bebé.
Dado que las penas impuestas por cada uno de los delitos no superan los dos años de prisión y al no contar con antecedentes penales, el tribunal ha acordado la suspensión de la pena privativa de libertad para el acusado.
Esta medida queda condicionada a que no cometa ningún nuevo delito durante un periodo de cuatro años y a que abone en su totalidad las indemnizaciones fijadas para las víctimas dentro de ese mismo plazo. Además, el fallo contempla una serie de medidas complementarias. Entre ellas, la obligación de realizar un curso de reeducación en materia de delitos sexuales, la prohibición de acercarse o comunicarse con las tres víctimas —mediante órdenes de alejamiento— y la imposición de libertad vigilada. Estas condiciones buscan garantizar tanto la protección de las afectadas como la rehabilitación del condenado.