Estas son las normas para hacer un evento en la Casa Consistorial
El Ayuntamiento de la capital abre las puertas al uso no administrativo previo estudio del proyecto de la cita

Salón Noble de la Casa Consistorial
La Casa Consistorial se abre a otros usos que no sean estrictamente los propios de la actividad administrativa. Lo hace después de comprobar que tras la rehabilitación que tanto tiempo, esfuerzo y dinero ha costado, son muchos los que quieren utilizar un edificio señorial para la organización de eventos, realizar sesiones de fotos, rodajes o conferencias.
Explica Amalia Martín, concejala de Presidencia, que “ante la avalancha de peticiones” para la cesión del espacio tras su apertura, decidieron “regular este tipo de usos”. Por ello, la Junta de Gobierno Local, tras haber superado el proceso de consultas previas, ha dado luz verde a las normas reguladoras aplicables a la ocupación y uso del edificio de las Casas Consistoriales.
“Hay que conciliar el uso administrativo y este tipo de cesiones”, explica Martín, quien asegura que, a pesar de las normas, lo principal es que “se presente un proyecto por parte de quienes quieren utilizar el espacio detallando los usos que se van a dar, y sobre todo, garantizando la seguridad del evento”. En esta seguridad se recoge desde el aforo, la vigilancia, los sistemas de emergencias...
Caso a caso
Y es que, la intención es “analizar proyecto por proyecto” la viabilidad de la cesión. Hay que tener en cuenta para ello que “se trate de un evento que sea de relevancia para la ciudad de Almería, una actividad significativa, no para cualquier cosa”. A esto, hay que sumar la disponibilidad del espacio ya que por fechas podría chocar con eventos preparados por el propio Ayuntamiento.
Por último, también se tiene que analizar el personal disponible dentro de la plantilla de funcionarios municipales para poder realizar la apertura del edificio en la fecha y horario de cada proyecto.
Las bodas se marcharán al salón noble
Es por todo esto por lo que la edil quiere dejar claro que “todos se estudiarán”.
De acuerdo a la propuesta aprobada, las normas se estructuran en 22 artículos, distribuidos en cuatro capítulos, dos disposiciones adicionales y una disposición final.
En el Capítulo I se recogen las Disposiciones Generales, concretando el objeto de las normas reguladoras, la naturaleza jurídica del “Edificio de las Casas Consistoriales – 2ª Fase” y el órgano al que dicho bien se encuentra adscrito. Asimismo, concreta una serie de instrucciones generales, en atención al servicio público de “Casa Consistorial” al que se encuentra afecto.
El Capítulo II regula los usos permitidos en el inmueble. Junto a su condición de sede dependencias administrativas y oficinas municipales se posibilita la utilización del mismo con destino a otros usos marginales, de carácter temporal y no privativo, así como que puedan realizarse visitas guiadas y jornadas de puertas abiertas.

Amalia Martín junto a Sacramento Sánchez
El Capítulo III concreta la reglamentación aplicable para la ocupación temporal y no privativa del “Edificio de las Casas Consistoriales – 2ª Fase”, con destino al desarrollo de actos o eventos que sean compatibles con los referidos usos marginales, distinguiendo entre ocupaciones a realizar por el propio Ayuntamiento de las promovidas a instancia de terceros. Asimismo, detalla las condiciones generales aplicables.
El Capítulo IV versa sobre el régimen sancionador por posibles daños y perjuicios que puedan ocasionarse en el “Edificio de las Casas Consistoriales – 2ª Fase”, tanto a las instalaciones como a otras personas.
Las disposiciones adicionales hacen referencia a las exenciones fiscales que puedan derivarse de la regulación contenida en las presentes normas, así como a la facultad para poder dictar instrucciones para la interpretación y desarrollo de estas normas.