Crece la lucha contra la construcción ilegal: más demoliciones y expedientes
Almería registra seis acciones en materia de autodemolición

Imagen de archivo de maquinaria pesada demoliendo un edificio.
El número de actuaciones "objeto de expediente por edificaciones, construcciones e instalaciones ilegales se ha multiplicado por doce" en Andalucía entre los años 2018 y 2023, según la Junta de Andalucía, que constata así un "exponencial aumento del número de expedientes tramitados" en este sentido en dicho periodo de tiempo, desde que Juanma Moreno fue investido por primera vez como presidente, en enero de 2019.
Así lo viene a trasladar la consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, Rocío Díaz, en respuestas escritas a preguntas registradas por diputados del grupo Vox en el Parlamento andaluz, consultadas por Europa Press tras su reciente publicación en el boletín oficial de la Cámara autonómica. La consejera presume en sus respuestas a Vox de que las medidas adoptadas por el Gobierno de Juanma Moreno "desde 2019 para reforzar la Inspección autonómica se han plasmado en un exponencial aumento del número de expedientes tramitados". "En concreto, el número de actuaciones objeto de expediente por edificaciones, construcciones e instalaciones ilegales se ha multiplicado por doce", destaca Rocío Díaz, que, así, concreta que, frente a los 38 objetos de expediente de protección de la legalidad en el año 2018, se alcanzó "la cifra de 462 objetos en 2022 y 450 en 2023", con datos "referidos al conjunto de Andalucía".
Autodemoliciones
Por otro lado, Rocío Díaz aporta en sus respuestas a los diputados de Vox datos sobre el número de "autodemoliciones" registradas entre los años 2019 y 2023 en distintas provincias andaluzas, que suman un total de 78. Almería ha sido una de las provincias que han estado activas en en materia de autodemolición, registrando seis actuaciones recientes, incluidas demoliciones, como parte de las acciones destinadas a combatir estas irregularidades.
Ahora bien, la titular andaluza de Vivienda puntualiza que "ello no implica que la demolición de dichas edificaciones, construcciones e instalaciones ilegales pueda llevarse a cabo de forma inmediata", y al respecto aclara que "la orden de demolición es consecuencia de una previa labor de investigación y de la tramitación de un expediente de restablecimiento de la legalidad territorial o urbanística cuya instrucción, dependiendo de su complejidad, puede durar hasta un año". Dicho procedimiento, además, "acaba con una orden de demolición que suele ser recurrida por los propietarios en vía administrativa y contencioso administrativa, dando lugar a una gran litigiosidad", continúa explicando la consejera Rocío Díaz en su respuesta a diputados de Vox, a quienes indica también que, "con carácter general, los tribunales suelen ordenar a la Administración la suspensión cautelar de la demolición hasta que la orden sea confirmada en la correspondiente sentencia".
"Por tanto, con carácter general transcurren unos años desde el inicio de los procedimientos hasta su terminación con la ratificación judicial de la orden de demolición", y, "mientras tanto, las edificaciones y parcelas ilegales se mantienen precintadas para evitar la continuación de las obras", abunda la consejera, quien también advierte de que "la demolición de las actuaciones ilegales por parte de la Administración tiene lugar, además, solo en caso de incumplimiento voluntario por parte del obligado". Con "carácter previo a la ejecución subsidiaria de la orden de demolición", la Administración "puede imponer, como medio de ejecución forzosa, hasta doce multas coercitivas, optando por la ejecución subsidiaria como último recurso".
La consejera Díaz subraya que este aumento se debe a las políticas de control implementadas en los últimos años, pero puntualiza que la demolición de las construcciones ilegales no es inmediata. La tramitación de los expedientes de restablecimiento de la legalidad urbanística puede extenderse hasta un año debido a la complejidad del proceso, que incluye investigaciones previas y, a menudo, la presentación de recursos judiciales por parte de los propietarios. Mientras las órdenes de demolición son confirmadas judicialmente, las edificaciones permanecen precintadas para evitar la continuación de las obras. Solo en casos de incumplimiento voluntario por parte del propietario, la Administración recurre a la demolición subsidiaria, tras haber impuesto hasta doce multas coercitivas como medida previa.