Down Almería ve "poco afortunado" el archivo de la causa del niño atado a una silla en un campamento
Los hechos ocurrieron en agosto del año pasado

El suceso tuvo lugar en el campamento de verano en el que participaba el menor.
Asalsido, Asociación almeriense para el Síndrome de Down, considera“poco afortunadas y alejadas de la realidad” las resoluciones del Juzgado de Instrucción número 4 de Almería que dictan el sobreseimiento del caso contra el centro de actividades que ató a una silla a un menor con síndrome de Down.
Los hechos ocurrieron el pasado agosto de 2016, cuando los padres deAlejandro, un menor con síndrome de Down, denunciaron ante el Juzgado que su hijo había sido atado a una silla durante al menos dos días consecutivos cuando participaba en un campamento de verano gestionado por ‘Pita Aventura’.
El reciente auto se ratifica en su primera resolución, y resuelve que procede el “sobreseimiento provisional de las actuaciones”, declarando que “analizada la documentación aportada, los hechos no constituyen infracción penal dado que la conducta del educador, pese a no ser una conducta estética y agradable, fue conforme a lo exigido a este tipo de caso, sin que pueda por tanto ser considerada delictiva...”.
DOWN ALMERÍA considera estas resoluciones “poco afortunadas y alejadas de la realidad, puesto que la conducta del educador no solo fue poco estética y desagradable, sino también humillante, vejatoria y degradante, además de totalmente innecesaria”.
La entidad quiere aclarar que en el expediente “no hay ningún documento que se refiera a personas con síndrome de Down ni siquiera a personas con discapacidad intelectual. Lo mismo ocurre con los testimonios: no existe ninguno de profesionales expertos en esta discapacidad”. Por ello, en opinión de DOWN ALMERÍA “es muy injusto que se determine la idoneidad de una acción tan vejatoria como es atar a una persona sin tener conocimientos de las técnicas de las que se hablan ni haber aportado documentos o declaraciones de personas que sí los tengan”.
“Desde nuestro conocimiento y experiencia en personas con síndrome de Down en general -avalados por los 27 años de trabajo con ellas- y del menor Alejandro en particular, afirmamos e informamos que jamás se ha llevado a cabo en DOWN ALMERÍA una terapia que conlleve la inmovilización sino que, en el caso de comportamiento inadecuado siempre se utilizan técnicas de modificación de conducta que cualquier profesional con experiencia en el campo de la educación conoce: refuerzo, castigo, extinción, tiempo fuera…”, afirma la entidad. “Centrándonos en el comportamiento de Alejandro, al ser inquieto e impulsivo, las profesionales que trabajan con él se adaptan a sus características marcándole normas claras y sin dejar tiempos muertos”, añade DOWN ALMERÍA.
Además, la asociación considera que para organizar una actividad con niños -tengan o no síndrome de Down- hay que conocer antes las características del grupo y valorar si se cuenta con suficientes monitores para llevar a cabo la actividad a fin de no tener ningún contratiempo como ocurrió con Alejandro.
“Estamos convencidos de que el monitor no actuó con ánimo de hacer daño -aunque el resultado fue que sí se hizo- pero también de que el método empleado para atender a Alejandro no pudo ser más humillante, vejatorio, innecesario y hasta peligroso, y que, la empresa tenía que haber velado para que el campamento tuviera el suficiente personal con la capacidad y/o experiencia en todo tipo de situaciones para asegurar el buen funcionamiento del campamento”, zanja la entidad.