El Tribunal de la Unión Europea deja en suspenso el acuerdo con Marruecos
La decisión podría influir en las cotizaciones futuras de los productos almerienses

Explotación hortícola cerca de Dakhla
La noticia corrió como la pólvora por los invernaderos y comercializadoras almerienses: el Tribunal General de la Unión Europea ha anulado el acuerdo comercial agrícola entre la UE y Marruecos, “por incluir al Sáhara Occidental en su aplicación”, algo que protestó especialmente el Frente Polisario, la provincia de Almería y la Comunidad de Murcia. Los agricultores almerienses se frotaban ayer las manos ante esta inesperada resolución que tiene tantas consecuencias económicas como políticas: la corte europea no reconoce el tutelaje marroquí sobre los territorios del antiguo Sáhara Español, ni económico ni político. y en juego están ahora los intereses de los pesqueros andaluces y canarios, no almerienses, en esa zona de ricos caladeros saharianos. Las organizaciones agrarias, Coag y Asaja, celebraron ayer la resolución e instaron a la Unión Europea a que sea de aplicación inmediata. Los productores hortofrutícolas almerienses consideran que una de las razones de los bajos precios del tomate sobretodo es la exportación a mansalva de productos marroquíes. La sentencia, en principio, afecta solo al Sáhara Occidental, pero sigue en vigor en el resto de Marruecos. Bien es cierto que la joya de la corona de la producción tomatera marroquí está en Agadir, casi en el límite con el Sáhara. A la zona que sí afecta de lleno es a la de Dakhla, la antigua Villa Cisneros española, donde hay más de 500 hectáreas en producción, con un potencial de llegar a un millón de hectáreas de tomate y melón. En su sentencia, el tribunal europeo deja claro que el acuerdo “no garantiza” en sí que la explotación de los recursos naturales del Sáhara occidental beneficie a sus habitantes, dado que el acuerdo “en este sentido es completamente neutro, limitándose notablemente a facilitar la exportación hacia la Unión Europea de los productos del Sáhara occidental”. La sentencia del Tribunal General de la UE no es firme. Las partes pueden presentar en el plazo de dos meses un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión.