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Las familias monoparentales de Almería ya pueden solicitar su título oficial

La provincia suma cerca de 25.000 hogares con un único progenitor, según los últimos datos del INE

Ocho de cada diez familias monoparentales de Almería tienen como único progenitor a una mujer.

Ocho de cada diez familias monoparentales de Almería tienen como único progenitor a una mujer.EUROPA PRESS

Miguel Cabrera
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Las familias almerienses y andaluzas formadas por un solo progenitor con uno o varios hijos a su cargo pueden solicitar desde este miércoles, 21 de octubre, un título oficial que acreditará su condición ante cualquier administración o entidad pública o privada. 

Se trata de un reconocimiento que se pone en marcha por primera vez en la historia de la comunidad autónoma en aplicación del Decreto 78/2026, de 15 de abril. A través de esta norma, la Junta de Andalucía ha pretendido regular la situación de unas familias que representan el 10% de los hogares andaluces, la mayoría encabezadas por una mujer.

Según recoge el decreto, y atendiendo a los últimos datos publicados por la Encuesta Continua de Hogares del Instituto Nacional de Estadística, correspondientes a 2020, en Andalucía los hogares formados por un único progenitor con hijos a su cargo ascienden a 329.100, lo que supone el 10,1% del total de la comunidad. En Almería, la misma estadística cifra en 24.800 los hogares monoparentales, de los que 20.100 estaban encabezados por mujeres, es decir, más del 81% del total, frente a 4.700 por hombres. En España eran 1.944.800.

El nuevo título permitirá a las familias monoparentales acreditar formalmente su condición, lo que facilitará el acceso a ayudas, medidas de apoyo y beneficios que se establezcan en distintos ámbitos. La Junta pretende además adaptar la protección pública a sus circunstancias específicas, especialmente en los casos de mayor vulnerabilidad económica y social.

La norma no solo considera familia monoparental a la integrada por un único progenitor con hijos dependientes a su cargo, ya sean biológicos, adoptados, tutelados o acogidos. También reconoce esta condición cuando existen dos progenitores pero concurren determinadas circunstancias. Estas son el impago de la pensión de alimentos durante cuatro meses consecutivos o alternos en los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud del título, siempre que exista una sentencia judicial firme; el abandono familiar, también declarado por sentencia firme; los casos en los que la madre con personas dependientes a su cargo haya sido víctima de violencia de género por parte del otro progenitor; y, por último, la ausencia forzada de uno de ellos durante al menos un año.

Condiciones

Para obtener el título oficial de familia monoparental, los hijos deben ser menores de 26 años, convivir con el progenitor y depender económicamente del solicitante. Este límite de edad no se aplicará, sin embargo, cuando los hijos tengan una discapacidad igual o superior al 33%, un grado II o III de dependencia o una incapacidad para trabajar.

Además, los integrantes de la familia deben haber residido de forma continuada en Andalucía durante los seis meses anteriores a la solicitud, salvo las excepciones previstas para los beneficiarios de protección internacional y las mujeres víctimas de violencia de género.

La nueva disposición establece dos categorías, general y especial. Esta última incluye a las familias con dos o más descendientes, las que no superen el umbral de ingresos fijado en la norma y aquellas en las que el progenitor o alguno de los hijos presente determinadas condiciones de discapacidad, dependencia o incapacidad.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes deben presentarse mediante el correspondiente formulario oficial disponible en la sede electrónica de la Junta de Andalucía y dirigirse, en el caso de Almería, a la Delegación Territorial de Servicios Sociales, Familias e Igualdad. La Administración dispone de un plazo máximo de tres meses para resolver y notificar el procedimiento y, si transcurre ese tiempo sin respuesta, se entenderá estimado. Los efectos del reconocimiento comenzarán desde la fecha de presentación de la solicitud.

Según la estadística del INE de 2020 a la que hace referencia el decreto, de los 24.800 hogares monoparentales que había ese año en Almería, la mayor parte de los progenitores eran viudos (9.800), seguidos de los divorciados (6.800), los solteros (3.100), los separados (3.000) y los casados (2.200). Entre las 20.100 mujeres que encabezaban estos hogares, 7.900 eran viudas, 6.000 divorciadas, 3.100 solteras, 2.100 separadas y 1.000 casadas.

Los datos del INE reflejan además que el número de hogares monoparentales en la provincia descendió de forma notable respecto a 2019, cuando ascendía a 29.200. En Andalucía también bajaron los hogares con un solo progenitor respecto al año anterior, aunque hubo una gran disparidad entre las distintas provincias. En cuatro de ellas descendieron las cifras: además de Almería, también lo hicieron en Málaga, donde se produjo la mayor caída, con 4.700 hogares menos; en Cádiz, con un descenso de 4.200; y en Córdoba, con 100 menos.

Por el contrario, aumentaron en Sevilla, Granada, Huelva y Jaén. En el conjunto de Andalucía, esta evolución contrastó con la registrada en España, donde los hogares monoparentales aumentaron en 30.000.

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