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Sucesos

El TSJA confirma dos años de cárcel a una mujer por apropiarse de 24.000 euros de su tutelada

La condenada recurrió a retiradas bancarias, cheques y préstamos sin justificar entre 2014 y 2015

Archivo - Sede del TSJA en Granada.

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de dos años de prisión impuesta a una mujer por un delito continuado de administración desleal que causó un perjuicio de 24.050 euros al patrimonio de otra persona a la que tenía bajo su tutela en Almería, mediante retiradas bancarias, cheques y préstamos sin justificar entre 2014 y 2015.

En su sentencia, el alto tribunal andaluz desestima los dos motivos de apelación esgrimidos por la defensa y ratifica el pronunciamiento de origen, que también imponía la devolución de todo dinero mediante el pago de una indemnización en concepto de responsabilidad civil.

Asimismo, la Audiencia Provincial de Almería impuso a la acusada la inhabilitación especial para ejercer como tutora, curadora o asumir funciones de guarda o acogimiento durante dos años, y absolvió a su marido y a su hijo, también acusados en el procedimiento.

La Sección Tercera de Almería ya dio por probado que la acusada fue nombrada tutora de la perjudicada en noviembre de 2012, después de que un juzgado de Almería declarase a esta última incapacitada para administrar sus bienes. Al asumir el cargo, quedó obligada a presentar un inventario patrimonial y rendir cuentas anuales de su gestión.

Durante el tiempo que ejerció la tutela, la condenada dispuso "en provecho propio y para fines privados" de parte del patrimonio de la afectada, incluida una herencia recibida tras el fallecimiento de su madre.

La sentencia recoge retiradas bancarias sin justificar, cheques cobrados sin acreditar el destino del dinero y dos préstamos no devueltos. Uno de ellos, de 2.500 euros, benefició al hijo de la acusada para pagar una deuda con Hacienda, mientras que el otro, de 4.300 euros, fue recibido por la propia tutora mediante un pagaré.

La mujer fue apartada de sus funciones como tutora en julio de 2016 y sustituida por el Instituto Almeriense de Tutela. En diciembre de ese mismo año, la perjudicada recuperó judicialmente su capacidad y emprendió acciones legales.

En su recurso, la defensa sostuvo que la acusada nunca había ejercido materialmente el cargo de tutora, puesto que no comunicó su nombramiento a la entidad bancaria ni a terceras personas. También alegó que las retiradas de efectivo estaban respaldadas por cheques firmados por la propia afectada y que el dinero se había destinado a "atender sus necesidades".

Sin embargo, el TSJA señala que la condenada "no adoptó ninguna cautela" para proteger el patrimonio de la mujer y permitió que continuara utilizando tarjetas bancarias y emitiendo cheques a favor de terceros, incluidos la propia acusada, su marido y su hijo.

El tribunal también descarta que se haya aplicado retroactivamente el delito de administración desleal tras la reforma del Código Penal de 2015, ya que las conductas anteriores estaban castigadas como apropiación indebida en su modalidad de distracción o gestión desleal.

Asimismo, considera adecuada la pena de dos años de prisión por el elevado número de actuaciones y la relación de amistad que existía entre la acusada y la perjudicada. De este modo, confirma íntegramente la condena, contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).

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