Condena a los padres de un menor por dejarlo faltar a clase 25 días
Cada uno de ellos tendrá que pagar una multa que suma 720 euros

El juzgado de lo Penal 1 se ha encargado del caso.
El Juzgado de lo Penal número 1 de Almería ha condenado a unos padres por un delito de abandono de menores después de que consintieran que su hijo, menor de edad, dejara de acudir al colegio durante varias semanas “sin causa que lo justificara”, por lo que les ha impuesto una multa a cada uno que suma 720 euros. Según la sentencia, declarada firme tras conformidad expresada por las partes, el menor llegó a dejar de ir a clase durante unos 25 días lectivos, en concreto, entre el 8 de enero y el 22 de marzo de 2013.
Los hechos tuvieron lugar durante el curso escolar 2012- 2013, en el que el menor debía acudir a un instituto de enseñanza secundaria de El Ejido. De esta forma, la falta de asistencia del niño, supone que sus padres han estado “desatendiendo las necesidades de educación del mismo”, según recogen los hechos probados.
En este sentido, el Ministerio Público acusó a los progenitores de un delito recogido en el artículo 226.1 del Código Penal, que observa penas de entre seis y doce meses de multa así como hasta seis meses de prisión según el caso, para quien deje de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar.
Así, el juez fija que, en caso de que no se abone la multa, cada uno de los padres asumirá la responsabilidad personal subsidiaria, fijada en un día de prisión por cada dos cuotas impagadas.