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La causa por gratificaciones a funcionarios, archivada

Según el auto, no se cometió una “flagrante irregularidad que traspase límites del ilícito administrativo”

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El Juzgado de Instrucción número 3 de Vera  ha resuelto archivar la investigación abierta para dirimir si existió prevaricación en la aprobación en mayo de 2014 por parte del equipo de Gobierno de Mojácar de una “modificación presupuestaria” con la que se pretendía “gratificar” a los funcionarios municipales, ya que considera que no se cometió una “flagrante irregularidad que traspase los límites del ilícito administrativo para llegar a tener entidad penal”.

La causa se incoó a raíz de la querella criminal interpuesta por la concejala de Mojácar Positiva se Mueve, Jessica Simpson, contra la alcaldesa, Rosa María Cano (PP), ya que entendió que “la subida lineal de 1.000 euros” contravenía la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 y el Real Decreto que regula la retribución de los funcionarios de la Administración local, y que esta se aprobó pese una comunicación de la Subdelegación del Gobierno en la que advertía sobre su “ilegalidad”.

El auto que acuerda el sobreseimiento provisional, recurrido por los demandantes, se aviene a lo interesado por el fiscal, quien indicó que, de la prueba practicada, “no se infiere que se haya cometido ninguna irregularidad administrativa” que sea “tan clamorosa, evidente y flagrante como para que se encuentre en contradicción con los mínimos esenciales del funcionamiento de la administración”.

La jueza de esta caso, por su parte, apela al principio de “intervención mínima” y concluye que su correspondiente sanción penal “no está justificada dada la dificultad de apreciación en el presente caso del elemento básico de este tipo delictivo” y, “si lo hubiera”, según matiza, “no traspasa el comportamiento ilícito imprescindible para sancionarlo ya que, a simple vista, no traspasa los límites de una actuación administrativa”.

“El simple hecho de que sea una la actuación administrativa ilegal no es suficiente, ya que también debe ser injusta y, sobre todo, arbitraria, circunstancias que no se dan en el caso que nos ocupa”, apuntilla el escrito.

El auto deja, por tanto, sin efecto las declaraciones previstas en calidad de testigos del interventor municipal y de un vecino del municipio y marido de la concejal de Mojácar Positiva se Mueve, Oscar Gagliardi, que fue quien en primera instancia recurrió administrativamente esta medida y cuya alegación dio lugar supuestamente a la consulta que al efecto se elevó a la Subdelegación.

En el caso del interventor, se le había citado por figurar en el expediente un informe en el que propone la aprobación de este modificación presupuestaria.


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