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Cambia la ley para abrir negocios relacionados con la alimentación

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Agilizar los trámites y eliminar trabas a la puesta en marcha de negocios de restauración, minoristas de alimentación o industrias alimentarias, están detrás de los últimos cambios introducidos en el registro sanitario. Quienes quieran poner en marcha un negocio de estas características (quedan excluidas las empresas de productos de origen animal como mataderos, por ejemplo) ya no necesitan de la autorización previa de Salud que sí continuará controlando la actividad.
Estas modificaciones, incluidas en varios Reales Decretos, no implican, no obstante, que los negocios no tengan que cumplir con la normativa de seguridad alimentaria. Al contrario, señalan desde Salud Pública, los propietarios de estas iniciativas han de realizar una declaración jurada de que conocen y cumplen todos los requisitos que marca la ley.
Concretamente, los minoristas de alimentación deberán comunicar el inicio de su actividad en el registro de la delegación de Comercio, mientras que las empresas de restauración tendrán que dar aviso al registro autonómico.
Las industrias, por su parte, harán lo propio comunicando su puesta en marcha en el registro nacional que existe para este efecto. La comunicación del inicio de cualquiera de estas actividades relacionadas con la alimentación implica que después se controlarán por los inspectores correspondientes a lo largo del tiempo.
Y todos los que trabajen con alimentación deberán tener en regla la formación necesaria o lo que es ahora el equivalente al carné de manipulador de alimentos. Este segundo aspecto también ha sido modificado con un Real Decreto de 2010 que permite ahora a las academias ofrecer la formación necesaria para manipular alimentación sin la supervisión directa de las delegaciones de Salud.
Eso sí, con carné o sin él, todos los empleados han de contar con la formación y demostrar que cumplen con los requisitos que sanidad exige para manipular alimentos, asegura la responsable de Salud Pública en la provincia. Pilar Barroso.
De origen alimentario
Capítulo aparte en este tipo de actividades merecen las empresas que trabajan con productos de origen alimentario (POA). En estos casos, Salud debe de dar la autorización previa a su puesta en marcha. Antes de iniciar cualquier actividad de este tipo, los inspectores y técnicos de la delegación de Salud estudian el proyecto, las instalaciones y todos los factores a tener en cuenta y sólo con el visto bueno de la administración echará a andar.
Los cambios en el registro sanitario han pillado con el pie cambiado a más de una persona que acudía a la administración para recibir el curso de manipulador de alimentos y salía con la idea errónea de que ya no era necesario. “La formación y el control sanitarios siguen siendo exigencia”.


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