La Voz de Almeria

Sucesos

Tres condenados por ocupar una vivienda de Almería desde mayo de 2023

La Audiencia Provincial desestima el recurso y confirma la sentencia emitida el pasado año

EUROPA PRESS - Archivo

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Víctor Navarro
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La Audiencia Provincial de Almería ha confirmado la condena impuesta a dos hombres y una mujer por un delito leve de usurpación tras ocupar una vivienda sin autorización de su propietaria.

Los hechos se remontan a mayo de 2023, cuando los tres acusados accedieron a la vivienda sin violencia ni intimidación, a sabiendas de que no era de su propiedad y sin contar con el permiso de la legítima titular. Desde entonces, permanecieron en el inmueble de forma continuada, pese a conocer la oposición expresa de la dueña, quien presentó denuncia ante la Guardia Civil.

El tribunal considera que los hechos encajan en el tipo penal recogido en el artículo 245.2 del Código Penal, que castiga la ocupación pacífica de inmuebles ajenos sin título habilitante. En su fallo, la Audiencia subraya que se ha acreditado “la posesión continuada del inmueble por los denunciados, sin el consentimiento del propietario y con ánimo de residir”, elementos suficientes para configurar el delito de usurpación.

Durante el juicio, dos de los acusados alegaron encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y familiar, y solicitaron su absolución por estado de necesidad. Sin embargo, el tribunal rechaza esta pretensión al entender que no se ha probado una situación extrema ni que se agotaran las vías sociales disponibles antes de ocupar la vivienda.

El tercer condenado alegó un defecto de forma en su citación al juicio, pero la Sala ha confirmado que fue debidamente notificado por la Guardia Civil y, además, identificado en el interior de la vivienda. La supuesta salida del inmueble antes del juicio tampoco fue acreditada con pruebas suficientes.

Los tres ocupantes han sido condenados a tres meses de multa con una cuota diaria de dos euros por un delito leve de usurpación. El recurso de apelación interpuesto por sus representantes legales ha sido desestimado en su totalidad.

La sentencia, ya firme, recuerda que este tipo de delitos afectan directamente al patrimonio inmobiliario y requieren un perjuicio para el titular legítimo, en este caso debidamente documentado. El tribunal concluye que la actuación de los condenados fue deliberada, sin violencia, pero con plena conciencia de estar en una propiedad ajena y sin autorización para permanecer en ella.

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