La Voz de Almeria

Almería

Condenado por amenazar a su ex a través de Whatsapp

El juez dicta una pena para el acusado, de 39 años de edad, de diez meses de prisión

Sede de los juzgados almerienses en la Carretera de Ronda.

Sede de los juzgados almerienses en la Carretera de Ronda.

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El Juzgado de lo Penal número 2 de Almería ha condenado a un hombre de 39 años y vecino de la capital almeriense a una pena de diez meses de prisión por un delito continuado de amenazas en el ámbito de la violencia sobre la mujer después de que durante varias semanas enviara mensajes mediante la aplicación WhatsApp a su exmujer, a la que llegó a amenazar de muerte, según una sentencia a la que ha tenido acceso E. Press.


La sentencia dictada por el magistrado David Prieto, consultada por esa agencia de comunicación, recoge como probado que el hombre, que carecía de antecedentes penales, comenzó a enviar mensajes de carácter intimidatorio a su exmujer después de que ella hubiera iniciado una relación sentimental con otro hombre tras su divorcio.


Amenazas
En este sentido, las amenazas realizadas mediante la aplicación móvil se dieron durante varios días entre los meses de octubre y noviembre del pasado año.


En ellas, el condenado vertía expresiones para vejar a la mujer al tiempo que la amenazaba a ella y a su pareja con agresiones físicas de forma continua, lo que causó “temor” en la víctima.


El juez detalla que los hechos, constitutivos de un delito según prevé el artículo 171.4 del Código Penal, quedan probados tanto por la prueba documental como por el testimonio “claro, diáfano y palmario” de la víctima, quien se mostró “persistente” en lo esencial de su relato en cada una de las ocasiones en las que lo expuso, por lo que lo toma “en su integridad” a la hora de determinar el fallo.


Frente a esto, señala la declaración “inverosímil” y de “falta de credibilidad” del acusado, quien rechazó durante el juicio haber sido el encargado de mandar esos mensajes pese a que sí reconoció que el teléfono móvil desde los que se enviaron era de su propiedad.


No es el único caso con condena
La Audiencia Provincial de Madrid, mediante sentencia de 2 de octubre de 2014, ratificó la condena por falta de amenazas a una mujer por escribir varios mensajes amenazantes a su anterior pareja a través del móvil vía WhatsApp. El Juzgado número 1 de Alcorcón dictó en diciembre de 2013 una sentencia en la que quedaron probados estos mensajes, informa noticias.juridicas.com


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