La Voz de Almeria

Almería

Preguntas y respuestas para la regularización de inmigrantes en Almería: todo lo que necesitas saber

El plazo de solicitud se abrirá el jueves 16 de abril

Personas haciendo cola en el consulado de Marruecos.

Personas haciendo cola en el consulado de Marruecos.Europa Press

Publicado por

Creado:

Actualizado:

El Gobierno pondrá en marcha este jueves 16 de abril el proceso de regularización extraordinaria anunciado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, una medida dirigida a personas que ya estaban en España antes del 1 de enero de 2026 y que cumplan una serie de requisitos de permanencia y antecedentes. La convocatoria podrá solicitarse por vía telemática desde ese mismo día y de forma presencial a partir del 20 de abril, con plazo abierto hasta el 30 de junio.

La iniciativa está pensada para dos grandes grupos: quienes hayan pedido Protección Internacional en España antes del 1 de enero de 2026 y quienes se encuentren en situación administrativa irregular y hayan llegado al país antes de esa fecha. En ambos casos, será necesario acreditar una permanencia ininterrumpida de al menos cinco meses en el momento de presentar la solicitud, además de no tener antecedentes penales ni suponer un riesgo para el orden, la seguridad o la salud pública.

Cómo se podrá pedir

La solicitud se podrá presentar por dos vías. La telemática funcionará las 24 horas del día durante todo el plazo, mientras que la presencial exigirá cita previa y arrancará el 20 de abril, aunque la cita se podrá pedir desde el día 16. El Ministerio ha previsto distintos canales para tramitarla: de forma individual con certificado electrónico, a través de representantes autorizados, mediante profesionales habilitados o por entidades inscritas en el Registro de Colaboradores de Extranjería.

En el caso de la atención presencial, se habilitarán oficinas de Extranjería, oficinas de Seguridad Social y oficinas de Correos. El documento detalla que habrá puntos habilitados en ciudades como Madrid, Alicante, Valencia, Almería y Murcia, además de al menos una oficina en cada provincia y en capitales de provincia o municipios de más de 50.000 habitantes, en los horarios establecidos por el Ministerio.

Qué papeles harán falta

Para pedir la regularización, el interesado deberá presentar un formulario específico, copia completa del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje válido en España, y documentación que pruebe que estaba en el país antes del 1 de enero de 2026. También deberá acreditar que ha permanecido en España durante los cinco meses previos a la solicitud, con pruebas válidas en derecho que incluyan datos personales y fecha.

A ello se suma el certificado de antecedentes penales en España, en el país de origen y en los países en los que se haya residido durante los cinco años anteriores a la entrada en España. El Ministerio pone como ejemplos para justificar la estancia sellos de pasaporte, billetes nominativos, justificantes bancarios, certificados de formación, contratos de alquiler o billetes de transporte dentro del territorio nacional.

Además, quienes no sean ni hayan sido solicitantes de Protección Internacional deberán acreditar uno de estos tres supuestos: haber trabajado en España por cuenta ajena o propia, tener una unidad familiar con hijos menores o mayores con discapacidad y ascendientes de primer grado, o encontrarse en situación de vulnerabilidad, acreditada mediante un certificado específico descargable en la web del proceso.

Qué efectos tendrá

Una vez iniciado el procedimiento, la persona beneficiaria obtendrá un Número de Seguridad Social y el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria. Además, la comunicación de inicio del procedimiento habilitará automáticamente para trabajar en todo el territorio nacional y en cualquier sector de actividad.

La autorización tendrá una vigencia inicial de un año y solo permitirá residir y trabajar en España, no en el resto de la Unión Europea. El Ministerio subraya también que este proceso no está destinado a personas con una autorización en vigor o en renovación, ni a personas procedentes de Ucrania con protección temporal o residencia ya concedida, que tienen vías específicas, ni a personas apátridas, que cuentan con su propia normativa.

Quién puede ayudar

La solicitud podrá presentarse por la propia persona interesada, pero también con el apoyo de abogados, graduados sociales o gestores administrativos. Además, el Ministerio ha creado un Registro de Colaboradores de Extranjería integrado por entidades sociales y sindicatos, que ofrecerán asesoramiento gratuito y podrán actuar como representantes.

Para resolver dudas, el Gobierno ha habilitado el teléfono 060, con atención en español de lunes a viernes, y una web específica con toda la información del proceso. Según el documento, también se podrá gestionar allí la cita previa y acceder a la tramitación telemática una vez se abra el plazo.

Un precedente con historial

El propio Ministerio recuerda que las regularizaciones extraordinarias no son una novedad en España. Desde los años 80 se han aprobado varios procesos similares, con una de las grandes oleadas en 2005, cuando se concedieron 576.506 solicitudes. También hubo procesos anteriores en 1986, 1991-92, 1996, 2000 y 2001, en lo que el Gobierno presenta como una práctica consolidada de gestión migratoria.

tracking