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Sociedad

Poner una pegatina de alarma sin tenerla: el recurso más caro para los almerienses

Sobre todo durante las vacaciones de verano queremos proteger nuestra casa, para evitar robos pretender tener una alarma suena convincente pero puede terminar siendo la estrategia más cara

Pegatina de alarma

Pegatina de alarmaFotocasa

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Si tenemos más de una vivienda, viajamos mucho, o como es el caso de la mayoría de almerienses en estas fechas, nos vamos de vacaciones, es lógico querer proteger los bienes. 

Sin embargo, no todo el mundo puede asumir el coste de una alarma real. Por esto, se puede caer en un truco mucho más asequible; colocar una pegatina indicando que hay una alarma conectada o cámaras de vigilancia, aunque no haya ningún sistema instalado. 

En España esto se penaliza con multas, por lo tanto podría ser la estrategia más cara y que no compense para evitar cualquier hurto. De la mano de Fotocasa se presenta el análisis de esta situación. 

Simular una alarma colocando una pegatina: puede ser peor el remedio que la enfermedad

De primeras puede parecer una idea brillante. No obstante, poner una pegatina o cartel con el logo de una empresa de seguridad puede resultar un error con graves consecuencias.

Hay pegatinas a la venta en muchas webs que prometen "disuadir a los ladrones" por apenas unos euros. No supondría solo una disuasión; para muchas personas, es una medida asequible para protegerse de situaciones o zonas inseguras. 

Sin embargo, aunque parezca inocente podría ser sancionado con una multa por poner una pegatina o un cartel disuasorio de alarma sin tenerla. Es algo que viene regulado por la legislación española. 

Falsificar la disposición de una alarma puede considerarse una infracción si confunde a terceros

Las empresas de seguridad privada están reguladas por la Ley 5/2014, de Seguridad privada, y sus distintivos, pegatinas, logotipos, placas, no pueden ser utilizados por particulares sin contrato vigente, acorde al artículo 10. 

Por lo tanto, no se pueden emplear logotipos de empresas de seguridad privadas como son; Securitas Direct, Prosegur o similares si no somos sus clientes, ya que se puede considerar una posible sanción por suplantación de imagen corporativa. 

Aunque la ley está pensada para regular la actividad de las empresas del sector, su uso indebido por parte de particulares puede dar lugar a sanciones

En qué consiste la multa por falsificar la alarma con el logotipo de una empresa privada

Según la Ley 17/2001 de Marcas y el artículo 274 del Código Penal, este tipo de acciones pueden considerarse un delito contra la propiedad intelectual e industrial. 

Esto supondría posibles penas de seis meses a tres años de prisión y multas económicas de entre 12 y 24 meses, a lo que habría que sumar la posible reclamación por daños y perjuicios por parte de la empresa afectada. 

Además, en estos casos también podría intervenir la Agencia Española de Protección de Datos, ya que se estarían vulnerando aspectos relacionados con el uso indebido de imágenes o mensajes que simulan vigilancia

En este caso, y acorde al Artículo 44 de esta Ley de 17/2001: "El Tribunal fijará una indemnización de cuantía determinada no inferior a 600 euros por día transcurrido hasta que se produzca la cesación efectiva de la violación". Es decir, por cada día que se mantenga visible la marca registrada sin autorización, especialmente, si hay una denuncia formal. 

Y si las autoridades consideran que se está utilizando con fines de engaño, como para aparentar vigilancia en zonas comunes o con intenciones disuasorias, podría suponer una acusación de publicidad engañosa, recogida en la Ley 3/1991, con penas de entre seis meses y dos años de prisión en los casos más extremos. 

El uso falsificado del logotipo de empresas reales puede considerarse una infracción grave 

Dentro de esto, hay un pequeño matiz en el que se podría operar de forma segura. Legalmente, no es lo mismo colocar un cartel genérico que uno con una marca concreta de seguridad. 

Al usar una pegatina sin logotipo comercial, que solo diga "Zona videovigilada" o "Alarma conectada", sin simular una empresa concreta, se entraría en una zona gris

Sin embargo, si añadimos una marca registrada, sin ser clientes, estamos vulnerando la ley de propiedad intelectual y la normativa sobre seguridad privada. En resumen; se puede poner una pegatina genérica, pero siempre que no se suplante a una empresa ni se utilice para confundir

Alternativas legales que pueden utilizar los almerienses para proteger sus viviendas

Lógicamente, todos los almerienses querrán irse de vacaciones con la mente tranquila, pero sin entrar en ilegalidades. Para esto, hay varias opciones que no requieren un contrato con una gran empresa de seguridad. 

1. Domótica y dispositivos conectados

Hoy en día, existen sensores de movimiento, cámaras con wifi, timbres inteligentes o bombillas que se controlan desde el móvil. Incorporar domótica en casa es fácil y se puede instalar desde casa, sin necesidad de una empresa homologada y un alto presupuesto. 

2. Alarmas sin conexión real 

Algunas marcas ofrecen alarmas independientes, que suenan con fuera si detectan movimiento. No están conectadas a una central receptora, por lo que no requieren contrato, pero sí cumplen su función disuasoria. Además, tampoco requieren un alto presupuesto. 

3. Simuladores de presencia

Desde enchufes programables hasta luces automáticas que se encienden por la noche, estas pequeñas estrategias ayudan a dar la sensación de que hay alguien en casa

Poner una pegatina de alarma sin tenerla puede parecer una solución rápida, pero casi nunca resulta legal. Si usamos logos de empresas reales nos arriesgamos a multas que pueden superar los mil euros, incluso sin intención de engañar. 

Por esto, para los almerienses que quieran asegurarse de contar con una protección segura y legal durante sus vacaciones, pueden instalar una pegatina genérica o cualquiera de las otras soluciones propuestas anteriormente. 

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