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Malas noticias para Ana Duato: la Audiencia Nacional anula la absolución de ella y de su marido

El alto tribunal ordena que el juicio se repita por considerar que la resolución anterior no estaba suficientemente motivada desde un punto de vista jurídico para justificar la absolución.

EUROPA PRESS - Archivo

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Nuria Pascual
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La Audiencia Nacional ha dado un giro al caso Nummaria al anular la sentencia que absolvió a Ana Duato y a su marido, el productor Miguel Ángel Bernardeau, y ordenar que el juicio se repita con otro tribunal. La decisión llega en un procedimiento en el que Imanol Arias, compañero de la actriz en Cuéntame, alcanzó una conformidad con la Fiscalía por cinco delitos fiscales y aceptó una pena de dos años y dos meses de prisión, que evitó cumplir en la cárcel.

Imanol Arias y Ana Duato en los juzgados, en una imagen de archivo.

Imanol Arias y Ana Duato en los juzgados, en una imagen de archivo.Europa Press

Los magistrados sostienen ahora que la resolución anterior no estaba suficientemente motivada desde un punto de vista jurídico para justificar la absolución. Aunque la Sala de Apelación no puede sustituir ese fallo por una condena, sí puede revisar si la absolución se explicó con la debida lógica y concluye que no fue así.

En el caso de Ana Duato, el tribunal considera que no quedaron bien justificadas las razones para entender que no existió defraudación ni ocultación, pese a que sus ingresos se canalizaron a través de una sociedad instrumental creada con ayuda de su asesor. Según la Audiencia, esa estructura permitió tributar por importes claramente inferiores a los que correspondían por IRPF, al declararlos como renta vitalicia.

Ana Duato ha desvelado que están preparando dos nuevos episodios de la serie.

Ana Duato ha desvelado que están preparando dos nuevos episodios de la serie.RTVE

También ve insuficiente la argumentación sobre sus dudas al acudir al asesoramiento fiscal especializado de Fernando Peña, titular del despacho Nummaria. La sentencia original la absolvió al entender que no quedaba probado que supiera que estaba incumpliendo sus obligaciones tributarias y que, al ser actriz y no empresaria, podía creer razonablemente que actuaba dentro de una vía fiscal lícita.

Ahora, sin embargo, la Audiencia Nacional señala que la condición de actriz no basta para excluir el delito fiscal y recuerda que, en materia de conocimiento tributario, el estándar aplicable es el de un “ciudadano medio”. Además, respalda la tesis de la Abogacía del Estado al afirmar que, con la sociedad Gaumukh AEIE y los contratos de cesión de imagen, la actriz solo tributó por el 40% de las cantidades percibidas.

Ana Duato e Imanol Arias en la serie Cuéntame-

Ana Duato e Imanol Arias en la serie Cuéntame-RTVE.

La resolución también afecta a Fernando Peña, al que la Sala de Apelación rebaja la pena en dos años al considerar prescrito uno de los delitos fiscales y corregir parte de las cuotas defraudadas en otros hechos cometidos por sus clientes. Con ello, el caso vuelve a abrirse en el ámbito judicial y deja sin efecto la absolución previa de Duato y Bernardeau.

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