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Carboneras

La investigación por la compra de votos en Carboneras continúa pero aparta al exalcalde

El juzgado de Vera acuerda el sobreseimiento provisional de Felipe Cayuela Hernández al considerar que no existen indicios suficientes de criminalidad

Fachada del Juzgado de Vera, donde se presentó una de las denuncias.

Fachada del Juzgado de Vera, donde se presentó una de las denuncias.La Voz

Marina Ginés
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El exalcalde de Carboneras, Felipe Cayuela Hernández, ha quedado apartado temporalmente de la investigación judicial que lo vinculaba con la presunta compra de votos durante las elecciones municipales de mayo de 2023. La decisión ha sido adoptada el pasado 26 de febrero de 2026 por la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Vera.

El auto se enmarca en el Procedimiento Abreviado 4/2026, que trata delitos electorales, y refleja que tanto la defensa de Cayuela como el Ministerio Fiscal coincidieron en que no existen indicios de criminalidad suficientes contra el exalcalde. 

La medida, conocida como sobreseimiento provisional, implica que la causa contra Felipe Cayuela queda temporalmente cerrada, aunque el proceso continúa abierto para los otros acusados: Francisco Cayuela Hernández y Salvador Caparrós Segura, entre otros.

Antecedentes del caso

La investigación se inició a raíz de la denuncia presentada por Andrés Belmonte Venzal y Salvador Hernández Hernández y se centró en esclarecer si existió una trama organizada para alterar los resultados electorales mediante pagos a cambio de votos. Según consta en el auto, se interpusieron diligencias contra Felipe Cayuela y otros implicados, y la defensa presentó un recurso de reforma subsidiario de apelación solicitando el sobreseimiento provisional respecto de su defendido.

En paralelo, el Ministerio Fiscal también solicitó el sobreseimiento, señalando la ausencia de pruebas suficientes para mantener la acusación. Esta coincidencia facilitó que la jueza acordara el archivo provisional de la causa respecto de Felipe Cayuela Hernández.

Fundamentos legales

El auto cita el artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que establece que si tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular solicitan el sobreseimiento, el juez debe acordarlo, salvo excepciones específicas contempladas en el Código Penal.

“Se estima el recurso de reforma interpuesto contra el Auto de 7 de enero de 2026 y se acuerda el sobreseimiento provisional respecto de don Felipe Cayuela Hernández.”

Implicaciones para la investigación

Aunque Felipe Cayuela queda apartado del procedimiento, la investigación por presuntos delitos electorales de 2023 continúa abierta para los demás acusados. La resolución subraya la necesidad de contar con pruebas sólidas y verificables antes de procesar a un acusado, pero mantiene la vigilancia sobre todos los hechos relacionados con la supuesta compra de votos en Carboneras.

El sobreseimiento provisional representa un alivio temporal para el exalcalde, mientras que el proceso sigue su curso para esclarecer la participación de otros implicados y garantizar la integridad del proceso electoral.

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