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La Fiscalía rebaja a 12 años la pena para la mujer que arrojó a su bebé desde la azotea

La Fiscalía rebaja a 12 años la pena para la mujer que arrojó a su bebé desde la azotea

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La Fiscalía ha modificado su escrito de acusación contra F.K., la mujer de 25 años acusada de arrojar a su bebé recién nacida desde una azotea a más de 20 metros de altura en El Ejido.


De manera que, en sus conclusiones, ha solicitado una pena de 12 años y seis meses de prisión contra la joven por un delito de homicidio con agravante de abuso de superioridad.
Una pena de 12 años y seis meses frente a los 20 años que la Fiscalía solicitó en su escrito provisional, en el que también estimaba la agravante de parentesco y calificaba de asesinato.


No existió alevosía
Durante la sesión con jurado celebrada en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería, el Ministerio Público ha sustituido su calificación de asesinato por la de homicidio del artículo 138 del Código Penal.
Se considera que en la actuación de la mujer no existió alevosía dada la condición de indefensión que presentaba la recién nacida, lo que sí le sirvió para aprovechar su superioridad a la hora de actuar.


La defensa, que solicitaba la libre absolución con alternativa de homicidio imprudente, se ha adherido y ha mostrado conformidad a la calificación definitiva de la fiscal quien ha considerado la pena como la más ajustada a derecho a tenor de las pruebas y declaraciones atendidas.


La  acusada que, durante la vista oral se negó a declarar,  en esta última sesión, se ha dirigido a la sala y ha dicho únicamente: “Solo pido a Dios que me perdone”.
Según las conclusiones del Ministerio Público, la joven ocultó  el embarazo así como haber dado a luz sola en la azotea del edificio donde vivía desde donde arrojó a la bebé, que nació viva y que falleció a consecuencia de las lesiones craneoencefálicas que sufrió por el  impacto.


Acudió a un centro de salud
Los informes periciales han mostrado que, embarazada de un hombre que no era su expareja, acudió varias veces a un centro de salud para hacerse un test de embarazo,  resultados que no recogió, y para solicitar la interrupción voluntaria del embarazo, que no se pudo practicar porque había sobrepasado el periodo legal para dicha práctica.


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