La Voz de Almeria

Sucesos

Condenado a cuatro años y medio de prisión por defraudar más de 352.000 euros con una tarjeta

Este realizó extracciones bancarias y pagos en comercios durante unos cinco meses

Audiencia Provincial de Almería.

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La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a cuatro años y medio de prisión a un hombre que defraudó más de 352.000 euros con una tarjeta bancaria ajena mediante extracciones bancarias y pagos en comercios durante unos cinco meses sin que la entidad financiera, a la que declara responsable civil subsidiaria, lo advirtiera.

El fallo, consultado por Europa Press, absuelve al acusado de un delito de usurpación de estado civil al no haberse acreditado que fuera él quien, mediante la banca electrónica, contratara la tarjeta de la que sí hizo uso y de la que también se benefició su esposa, a la que condena por el mismo delito pero solo como partícipe título lucrativo.

En este sentido, condena a ambos -y al banco de forma subsidiaria- a devolver al perjudicado una suma de 269.407,69 euros, puesto que los 82.800 euros restantes fueron localizados en la vivienda de la pareja. La sentencia absuelve a un tercer acusado, en este caso, el propietario de la cuenta, al no apreciar su implicación.

La sentencia apunta que el acusado hizo uso de una tarjeta en "numerosas ocasiones" hasta disponer tanto en especias como en efectivo de más de 352.207,69 euros mediante extracciones en cajeros automáticos y compras en comercios.

Los pagos con tarjeta se prolongaron durante semanas, lo que quedó atestiguado por las cámaras de seguridad de bancos y comercios en los que se le veía haciendo uso de la misma en relación a los movimientos de saldo registrados.

Asimismo, y tras la interposición de una denuncia, la policía encontró en su vivienda de Níjar 82.800 euros en efectivo escondidos en el cajetín de la persiana de su dormitorio, así como una gran cantidad de prendas de marca, perfumes y joyas pese a que tanto él como su esposa carecieran de empleo, tuvieran menores a su cargo y solo cobraran una pensión de 425 euros.

La resolución, no obstante, apunta a la falta de datos que permitan acreditar que fue el acusado quien, de forma mendaz, habría logrado la expedición y obtención de la tarjeta usada con fines fraudulentos; un aspecto que se vuelve "irrelevante" a la hora de demostrar que sí hizo un libre uso de la misma pese a no estar a su nombre ni ligada a sus cuentas.

En cuanto a su esposa, el tribunal manifestó la inexistencia de prueba suficiente para estimar que participara en los hechos, puesto que ella no aparecía en ninguna de las grabaciones en las que se empleó la tarjeta, si bien sí la considera culpable como partícipe a título lucrativo, puesto que se benefició de las actuaciones de su marido.

En este sentido, la investigación de la Guardia Civil desveló la intervención de joyas y prendas femeninas así como un cierto nivel de vida en el seno de la pareja, toda vez que la mujer también enviaba remesas de dinero a Rumanía "pese a su limitada situación económica".

La sentencia obliga a la entidad bancaria emisora de la tarjeta a indemnizar de forma subsidiaria al afectado por su responsabilidad en la emisión de una tarjeta que se hizo "sin conocimiento ni consentimiento" del titular de la cuenta, quien "ni siquiera era usuario de banca electrónica" y "reiteró que no había facilitado las claves ni sus datos a nadie" salvo a su esposa.

En este punto, el tribunal determina que "es el banco el que debe justificar con el debido rigor que adoptó todas las medidas necesarias para evitar la suplantación de identidad en la contratación y el posterior desfalco, algo que no ha hecho".

Así, tacha de "negligente" la manera en la que la entidad actuó al enviar una tarjeta a un domicilio distinto al del cliente sin verificar con el titular la dirección ante un presunto fraude, que permitiera "numerosas extracciones de 2.000 euros, casi a diario y durante más de cinco meses" pese al límite de 1.000 euros al día de la tarjeta, y que, con pese a todo ello, no llamara a titular de la cuenta para ver que las operaciones eran consentidas.

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