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Trece alegaciones para la norma que regula los patinetes y restringe el tráfico del Paseo de Almería

Esta Ordenanza General de Tráfico ha recibido propuestas de todos los grupos de la oposición

Imagen de archivo de dos patinetes eléctricos.

Imagen de archivo de dos patinetes eléctricos.Europa Press

Lola González
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Un total de trece alegaciones ha recibido la Ordenanza General de Movilidad de Almería durante el tiempo que ha estado sometida a exposición pública. Unas alegaciones que llegan tanto de los grupos municipales de Vox, PSOE y Podemos-IU-Verdes, como otras formaciones sin representación como Almerienses o colectivos sociales de la capital.

Entre las alegaciones de Vox explican que esta norma “mezcla en un solo documento cuestiones tan distintas como la circulación general, las Zonas de Bajas Emisiones, los vehículos de movilidad personal, como los patinetes, y el caravaning”, algo de lo que están en contra.

Las realizadas por el PSOE pasan por poner en marcha más zonas pacíficas con velocidades de 20 kilómetros hora y mejorar así las calles almerienses.

Así desde IU dejaban claro que la ordenanza no abordaba el gran problema del transporte público.

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Ahora llega el momento en el que los técnicos municipales tienen que proceder a responder las alegaciones presentadas y, una vez el informe realizado, volverá a pasar por pleno para su aprobación de forma definitiva.

Cabe recordar que en esta nueva normativa que pretende regular la movilidad de la ciudad el principal elemento que entra en juego es la regularización del uso de los patinetes eléctricos y el resto de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP).

Así se recoge en la norma que para poder conducirlos hay que tener más de 16 años, se exige el uso de casco, deben estar registrados tal y como ya recoge también la norma de la Dirección General de Tráfico, deben contar con alumbrado y, muy importante, se les exige la placa identificativa que es lo más parecido a la matrícula del resto de vehículos a motor.

Sanciones

Como cualquier otro vehículo, no pueden circular por las aceras (se prevén sanciones de 100€), y deben cruzar los pasos de peatones a pie (hacerlo subido en el MVP puede suponer una sanción de 200€).

La ordenanza incorpora una regulación detallada de la Distribución Urbana de Mercancías definiendo horarios, espacios de carga y descarga, posibilidad de reservas mediante sistemas digitales y el impulso de soluciones más sostenibles.

Esta normativa también recoge la “pacificación” del tráfico, es decir, reducción de la velocidad. Así, se establece que en las zonas de tráfico restringido la velocidad sea de 20 km/h; 20 km/h en vías de plataforma única de calzada y acera; 30 km/h en vías de un único carril por sentido y 50 km/h en vías de dos o más carriles. Además, las motos no podrán aparcar en la zona azul ni las caravanas aparcar en zonas que no sean para ellas.

Tráfico restringido

Otro de los puntos fundamentales es la zona de acceso restringido al tráfico. En la capital, esta gran vía será el Paseo de Almería aunque también está en esta situación el entorno del Museo del Realismo Español Contemporáneo, de Reyes Católicos, del Ayuntamiento de Almería o de la Plaza Careaga.

Por estas calles no podrán circular ni MVP ni bicicletas. Los vehículos podrán acceder solamente con autorización previa, los residentes o aquellos que realicen labores de carga y descarga además de emergencias. El control de quién entra en esta zona se realizará a través de cámaras que serán las encargadas de verificar matrículas y, en caso de no contar con el permiso pertinente, sancionar con 200€.

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