Los 9.883 docentes de Almería deberán acreditar que no son delincuentes sexuales
El Ministerio de Educación acuerda este requisito con las comunidades Se trata de garantizar la protección de los menores

Profesores impartiendo una clase.
Durante el transcurso de la Conferencia General de Educación, el secretario de Estado de Educación, Marcial Marín, ha trasladado a las Comunidades Autónomas las recomendaciones del Ministerio para la aplicación de la Ley de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en vigor desde el pasado 18 de agosto de 2015.
Según esta Ley "será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos". Según el texto de la norma en vigor desde finales del pasado mes de agosto, "a tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales".