La Voz de Almeria

Almería

Los trabajadores del Campo de Golf de El Toyo exigen su reconocimiento como empleados del Ayuntamiento de Almería

Pedían antigüedades atrasadas y una actualización de convenio

Campo de golf de El Toyo en Almería.

AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA
10/9/2021

Campo de golf de El Toyo en Almería. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA 10/9/2021Ayuntamiento de Almería

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Los trabajadores de Alborán Golf de El Toyo han pedido formalmente al Ayuntamiento de Almería, y como paso previo a la declaración de conflicto ante el Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía (SERCLA) su reconocimiento como personal laboral de la institución, así como los atrasos generados desde 2014 con la cesión ilegal del servicio de caddie master (gestores del campo). 

“El colectivo pasó del concesionario inicial que construyó el campo para los Juegos del Mediterráneo Almería 20025 al Ayuntamiento, con la reversión del complejo, y no a la empresa pública municipal de turismo porque ésta nunca ha tenido la encomienda legal de gestión de la instalación. Por tanto, siempre han sido trabajadores del Ayuntamiento de Almería cedidos ilegalmente a otras empresas. Asimismo, tendrán que explicar por qué en esas cesiones unos pocos trabajadores se quedaron en la empresa municipal y otros fueron derivados a concesionarias; quién hizo esa discriminación y bajo qué criterios e igualmente tendrán que dar cuenta de quién decidió y bajo qué marco, que esos trabajadores ‘en tierra de nadie’ puedan gestionar cobros de dinero público”, explican desde el equipo jurídico que representa a los caddie master, formado por el experto laboralista Francisco Ruano, en una colaboración estratégica con el abogado Javier Salvador.

Según el escrito registrado ante la administración local, la estructura organizativa del servicio, la dependencia funcional del personal respecto del entorno municipal, la utilización de medios materiales de titularidad pública y la integración efectiva de los trabajadores en la dinámica operativa del campo de golf configuran un escenario que, desde una perspectiva jurídica, encaja en los supuestos previstos en el artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores.

El colectivo sostiene que, más allá de la apariencia formal de contratación a través de empresas concesionarias, la realidad de la prestación del servicio revela un modelo en el que la dirección, organización y control de la actividad se ejerce desde la esfera pública, lo que abriría la puerta a una eventual regularización de su situación laboral.

Este planteamiento se produce, además, en un contexto especialmente sensible, marcado por una nueva subrogación empresarial derivada del contrato administrativo vigente, lo que, según los trabajadores, obliga a clarificar con carácter urgente la situación jurídica real del servicio para evitar la consolidación de responsabilidades futuras. 

“Los trabajadores plantearon a la empresa concesionaria saliente que les pagasen los atrasos que les debían y una actualización de convenio colectivo. Ni estos, ni la empresa pública municipal les han hecho el más mínimo caso, quizás porque temían que descubriesen la verdad, es decir, que son trabajadores municipales de pleno derecho”, afirman.

Junto a esta cuestión central, los trabajadores han reiterado la existencia de diferencias salariales relevantes derivadas de la incorrecta aplicación del sistema retributivo, tanto en lo relativo al complemento de antigüedad como a la adecuación de los salarios a lo previsto en los pliegos contractuales y al salario mínimo interprofesional vigente.

Asimismo, el escrito presentado incorpora una solicitud expresa de documentación dirigida al Ayuntamiento, con el objetivo de esclarecer el marco jurídico en el que se sustenta la gestión del campo de golf, incluyendo convenios, acuerdos de gobierno y cualquier resolución administrativa relacionada con la explotación del servicio.

En este sentido, el colectivo también plantea la necesidad de clarificar determinados aspectos relacionados con la gestión económica del propio campo, en particular en lo que respecta al cobro de cantidades vinculadas a una instalación de titularidad pública, todo ello desde una perspectiva estrictamente administrativa y de control de legalidad.

El conflicto tiene su origen en la configuración histórica del servicio, en la que, según denuncian los trabajadores, se produjo una diferenciación en el tratamiento del personal, integrándose una parte en la estructura pública mientras otros quedaron adscritos a empresas concesionarias, manteniendo estos últimos condiciones laborales que consideran claramente perjudiciales que se traducen en 14 años de sueldo mínimo interprofesional y sin que se les pague un euro por antigüedad.

Ante la falta de respuesta a los requerimientos previos, los trabajadores han decidido dar un paso más en la defensa de sus derechos, situando el conflicto a las puertas de su judicialización en la jurisdicción social, donde se abordarán de forma conjunta las cuestiones relativas a cesión ilegal, reclamación de cantidades y determinación de la naturaleza real de la relación laboral.

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