El PSOE defiende la nueva alcaldesa y el PP la llevará a los tribunales
Los socialistas aseguran que el nombramiento se ha ajustado al artículo 198 de la Loreg

Sonia Cerdán recoge el bastón de mando tras el Pleno de investidura del lunes.
El Partido Popular ha calificado de “pucherazo” la elección de la nueva alcaldesa de Albox y de “fraudulento” el Pleno en el que se aprobó su nombramiento, por lo que “será llevado a los tribunales”. Según el PP de Albox, los servicios jurídicos del partido están preparando toda la documentación necesaria para formalizar en los próximos días la denuncia judicial de todo lo ocurrido en el Pleno celebrado en la tarde del lunes en el Ayuntamiento de Albox en el que se procedía a la elección de alcalde, “al margen de la legislación vigente”.
Bien distinta es la opinión del Partido Socialista de Almería, que defiende la legalidad del proceso, conforme con lo establecido por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) y acusa al PP de “retorcer de manera intencionada la normativa y de tergiversar la realidad e ir contra el sentido común”.
No adscritos
La primera irregularidad, según el PP, fue que “Sonia Cerdán no podía ser candidata a la alcaldía por estar dentro del grupo de concejales no adscritos, después de que voluntariamente abandonara el grupo municipal del PSOE en solidaridad con el condenado Rogelio Mena, antes de la constitución de la corporación municipal tras las elecciones municipales de mayo de 2015”. A pesar de “las advertencias legales” que realizó el portavoz popular, se llevó a cabo la votación con un resultado de 8 votos a favor de Sonia Cerdán y 8 a favor de Juan Pedro Pérez, candidato del Grupo Popular. En caso de empate, la Loreg estipula que sea investido como alcalde el candidato que encabezara la lista más votada en las últimas elecciones.
En este sentido, el PP asegura que “la postura adoptada por la Secretaria Municipal contradice la Ley en cuanto que para determinar la elección de Sonia Cerdán como alcaldesa se basó los votos obtenidos por el PSOE en las pasadas elecciones, Grupo Político al que la Sra. Cerdán ya no pertenece”.
Cabeza de lista
Por su parte, los socialistas señalan que el artículo 198, que regula la elección de alcalde en cualquier supuesto que no sea moción de censura o cuestión de confianza, establece que “la vacante en la Alcaldía se resuelve conforme a lo previsto en el artículo 196, considerándose a estos efectos que encabeza la lista en que figuraba el alcalde el siguiente de la misma, a no ser que renuncie a la candidatura”.
Sobre el empate a 8 votos, según recalcan desde el PSOE, el 196 dice que “Si ninguno de ellos obtiene dicha mayoría es proclamado Alcalde el Concejal que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos populares en el correspondiente Municipio”. Es decir, según ellos, se habla de listas, no de partidos.
En cualquier caso, los concejales ya han solicitado su reingreso en el PSOE, lo que se les concede de forma automática al llevar menos de un año de baja.