La Voz de Almeria

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Multa de hasta 3.000€ para quien ejerza o utilice la prostitución

La ordenanza de Convivencia Ciudadana regula los comportamientos en espacios públicos

Imagen del Pleno celebrado el pasado día 25 en el que se aprobó la ordenanza.

Imagen del Pleno celebrado el pasado día 25 en el que se aprobó la ordenanza.

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El Pleno del pasado 25 de noviembre aprobó inicialmente la Ordenanza de Convivencia Ciudadana que actualmente se encuentra en periodo de alegaciones. En ella, el equipo de Gobierno propone una serie de medidas para regular los usos y comportamientos de vecinos y visitantes en los espacios públicos.


Entre las cuestiones que se regulan destaca la que aborda la “utilización del espacio públicos para el ofrecimiento y demanda de servicios sexuales”. Así, según la ordenanza, “se prohíbe ofrecer, solicitar, negociar o aceptar, directa o indirectamente, servicios sexuales retribuidos en el espacio público”. De esta forma, el texto aprobado por el Pleno no solo  permite actuar contra la persona que ejerzca la prostitución, sino que también podría hacerse contra quien contrata sus servicios.


En cuanto al régimen de sanciones, como primera opción, los agentes de la autoridad recordarán que estas actividades están prohibidas, pero si persistieran en su actitud, podrán ser sancionados con multas que oscilan entre los 750 y los 3.000 euros.


La mendicidad es otra de las cuestiones que regula la nueva ordenanza municipal, quedando prohibidas “aquellas conductas que bajo la apariencia de mendicidad o bajo formas organizadas, representen actitudes coactivas o de acoso e impidan intencionadamente el libre tránsito de los ciudadanos”.


Limpiaparabrisas
Este artículo hace especial mención al ofrecimiento de servicios o bienes a personas que se encuentren en el interior de vehículos, incluidos la limpieza de los parabrisas de los coches detenidos en semáforos.


Las multas en este caso podrán ir desde los 120 y 200 euros, hasta los 3.000 en los casos muy graves, como el aquellos en que la mendicidad la ejerzan menores.


No obstante, ante estas situaciones, el Ayuntamiento pondrá en marcha las medidas a su alcance para erradicar la mendicidad y ayudar a las personas que la practiquen para lograr su inclusión social.


El botellón también queda prohibido, ya que según la ordenanza, “el Ayuntamiento impedirá las concentraciones de personas en las cuales se consuman bebidas alcohólicas en la vía pública que alteren la normal convivencia ciudadana”.


Además, se prohíbe  a establecimientos, máquinas expendedoras o de forma ambulante la venta de bebidas alcohólicas entre las diez de la noche y las ocho de la mañana.


Prohibidos los 'trileros'
La ordenanza de Vera dedica un capítulo, el tercero, a las apuestas, de forma que prohíbe en la calle “el ofrecimiento de juegos que impliquen apuesta con dinero o bienes”.


Pero saltarse esta prohibición, que conlleva multas de entre 750 y 3.000 euros, está considerado como infracción muy grave en el caso del juego del ‘trile’.


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