La Voz de Almeria

Provincia

Piden una indemnización de 530.000 euros por la muerte de una mujer y su bebé

Los ginecólogos acusados por estos hechos ocurridos en 2013 no se personaron en el juicio

Los hechos ocurrieron a principios de 2013 en el Hospital de Poniente.

Los hechos ocurrieron a principios de 2013 en el Hospital de Poniente.

Publicado por

Creado:

Actualizado:

La acusación particular ha interesado penas individuales de multa de dos meses a razón de 100 euros al día para los tres ginecólogos enjuiciados por una falta de imprudencia leve en las muertes a principios de 2013 de una mujer de 46 años y de su bebé durante el parto en el Hospital de Poniente.

Los facultativos, que no se han personado en el juicio y, por tanto, no han podido ser interpelados y no han tenido que dar explicaciones a la atención prestada a J.G.R., de 46 años, cuestionada por los forenses en su pericial, se enfrentan también al pago de indemnizaciones a los familiares, que suman 530.000 euros.


Ministerio Fiscal
A la vista, que se ha celebrado en el Juzgado de Instrucción 3 de El Ejido, tampoco ha acudido el Ministerio Fiscal, por lo que no ha formulado acusación pese a apoyar que una posible responsabilidad de los ginecólogos se dirimiera en un juicio de faltas por una presunta imprudencia leve.

El abogado de la asociación ‘El Defensor del Paciente’, Ignacio Martínez, quien defiende los intereses de la familia de los fallecidos, ha indicado  que resulta “evidente” que se produjeron “una serie de fallos en cadena, varias infracciones que contribuyeron al penoso resultado”. Ha explicado que la responsabilidad pedida se limita, por exigencia de la ley, a la muerte de J.G.R., ya que su hijo “no llegó a nacer vivo”.

Por su parte, las defensas de los tres facultativos han elevado un escrito de alegaciones en el que defienden que su actuación “no solo se ciñó a la lex artis” sino que la atención médica prestada “fue superior a la que establecen los protocolos” y han pedido la libre absolución de sus patrocinados.

La jueza acordó enjuiciar el fallecimiento de J.G.R. y su hijo como una falta, a instancias del fiscal, después de que el informe pericial médico-forense concluyese que, de habérsele prestado “una atención mayor a la normalmente exigida, podría haberse evitado el resultado producido”.

La resolución fue confirmada en febrero por la Audiencia Provincial, que descartó que el caso reuniese “los presupuestos penales necesarios de una imprudencia grave” al no constar “hecho grave o grosero en la actuación médica desplegada por los facultativos que la atendieron” y recoger el citado informe “con claridad” que fue “con arreglo a los protocolos”.

La imprudencia leve en la que podrían haber incurrido supuestamente los tres ginecólogos, dos mujeres y un hombre, derivaría de que, según los médicos-forenses, “podrían haberse planteado”, en primer lugar, “terminar el parto el primer día que acudió a consulta”; una mayor vigilancia de la paciente debido a su edad, 46 años, y a que tenía contracciones; o que, en tercer lugar, “podrían haber practicado un TNS o haber podido optar por la cesárea”.


Mayor atención
“Es en estos extremos de exigir una mayor atención a la normalmente exigible donde radica la calificación de forma provisional como falta, sin perjuicio de lo que resulte del juicio una vez practicada la prueba”, según se recogía en la sentencia de la Audiencia que confirmó el auto de febrero de 2014 del juzgado instructor y rechazó los recursos de la acusación particular ejercida por el abogado del Defensor del Paciente y del Hospital de Poniente.

El informe pericial recogía, entre otras, consideraciones sobre la primera consulta médica que tuvo lugar el 26 de diciembre de 2012. Apuntaba que el hecho de que la paciente tuviera 46 años, se encontrase en la semana 40+2 de embarazo con cuello uterino “cerrado y formado” y presentase líquido amniótico escaso eran “posibles señales de alarma que podrían plantear como opción terapéutica una inducción o cesárea, o controles más frecuentes cada 48 o 72 horas por ejemplo”.


tracking