La Voz de Almeria

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Diez años y nueve meses de prisión por pegar y violar repetidamente a su pareja

El condenado decía a la víctima que era “obligatorio” tener sexo con él porque era su mujer

El tribunal considera probados los hechos.

El tribunal considera probados los hechos.

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La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a penas que suman diez años y nueve meses de prisión a un hombre de 50 años que propinó palizas a su pareja sentimental por negarse a mantener relaciones sexuales con él y la violó en varias ocasiones de manera brutal.

A.M., con antecedentes por violencia doméstica, lesiones y malos tratos, además de una orden de alejamiento en vigor, decía a la víctima que era “obligatorio” mantener sexo con él y, cuando se negaba, le golpeaba por todo el cuerpo, “con puñetazos y patadas”.

El tribunal considera al procesado autor de un delito continuado de violación, por el que impone un pena de nueve años y un día, un delito de quebrantamiento de condena y un tercero de malos tratos con la agravante de reincidencia, por el que le condena a 12 meses de prisión.

La sentencia recoge como probado que A.M., condenado a un año de prisión con prohibición de aproximación a su compañera por un periodo de cuatro años y cuatro meses que cumplía en septiembre de 2014, vivía, con el “consentimiento” de ella, en el mismo domicilio ubicado en una cortijada de la comarca de Níjar desde agosto de 2011.

La primera agresión de la que fue víctima la mujer se remonta al 18 de octubre de 2014 cuando él entabló una discusión porque ella no quería mantener relaciones sexuales. Tras decirle que “era obligatorio” y ante su negativa, A.M. “comenzó a golpearla por todo el cuerpo, con puñetazos y patadas, la cogió fuertemente de los brazos y la violó”.

El tribunal remarca que el procesado le decía que “el dolor no importaba porque era su mujer y era su obligación” y que repitió el mismo comportamiento horas después, “dándole puñetazos y guantazos”.

A la mañana siguiente, le volvió a exigir que mantuviesen relaciones sexuales, a lo que ella accedió “por el temor fundado a que la atacase nuevamente” y, según subraya la sentencia, “doliéndole todo el cuerpo”. Como consecuencia de las agresiones, la víctima sufrió lesiones que, según indicaron los forenses en el acto de juicio, componen “un cuadro traumático de intensidad de leve a moderada, compatible con el forcejeo y contusiones recibidas”.

Con respecto a los delitos de quebrantamiento de condena y de malos tratos, la sentencia impone al procesado,  la medida de libertad vigilada por 8 años, en los que no podrá acercase a menos de 200 metros o comunicarse con su pareja y el pago de una indemnización de 12.600 euros por las lesiones y el daño moral causado.


Sentimiento de pudor y vergüenza
La Audiencia Provincial concede, “verosimilitud” al testimonio de la víctima, quien “opuso una resistencia y total oposición para impedir que él lograse dar satisfacción a sus deseos libidinosos aunque no pudo evitarlo debido a su actitud agresiva”. Hace además alusión al testimonio del agente de la Guardia Civil que aseguró “como ella fue contando todo con un sentido del pudor y vergüenza propio de quien ha sufrido una agresión”.


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