La provincia de Almería, en fase 1 desde el jueves: todo lo que se puede hacer

Los niveles de alerta se aplicarán durante los próximos siete días desde su entrada en vigor

Reunión del comité territorial de Salud Pública de Alto Impacto este miércoles.
Reunión del comité territorial de Salud Pública de Alto Impacto este miércoles. La Voz
Evaristo Martínez
19:23 • 02 jun. 2021

Toda la provincia de Almería ha logrado, por fin, situarse en el Nivel de Alerta 1 de las medidas ante el Covid-19 desarrolladas por la Junta de Andalucía tras el final del estado de alarma. Así lo ha decidido este miércoles el comité territorial de Salud Pública de Alto Impacto, presidido por Juan de la Cruz Belmonte, delegado de Salud y Familias. Hasta ahora, solo el Área de Gestión Sanitaria Norte de Almería (Levante-Alto Almanzora) había alcanzado el Nivel de Alerta 1 mientras que el Distrito Sanitario Almería y el Distrito Sanitario Poniente se encontraban aún en Nivel de Alerta 2. 



Los nuevos niveles de alerta comenzarán a aplicarse en la medianoche de este jueves 3 de junio y tendrán una vigencia de siete días. 



Las medidas son las mismas que llevan en vigor en Andalucía desde el 13 de mayo tras la caída del estado de alarma. Estaba previsto que se relajaran algunos aspectos al iniciar la fase 2 ("avance") del proceso bautizado por la Junta de Andalucía como "transición a la normalidad", algo previsto para este 1 de junio. Finalmente, el Ejecutivo que preside Juanma Moreno decidió el martes continuar dos semanas más en la fase 1 ("estabilización") apelando a la "prudencia" después de que parámetros como la incidencia acumulada en Andalucía indicara "una cadencia clara de subida". 



El Nivel de Alerta 1 afecta a distintos aspectos, como aforos de bares, comercios, hoteles o cines. Como norma general, se recuerda que sigue siendo obligatorio el uso de mascarilla a partir de los 6 años



1. Hostelería



En Nivel 1, los aforos máximos permitidos no pueden superar el 75% en el interior del local. Sí se podrá ocupar la totalidad de las mesas en las terrazas al aire libre. Las mesas tendrán un límite de 8 personas en interior y de 10 personas en exterior. Se permite el servicio y consumo en barra con el distanciamiento establecido (1,5 metros). Los bares y restaurantes deberán cerrar a las 24 horas.



2. Celebraciones



En cuanto a los salones de celebración, el aforo será también del 75% con un máximo de 300 personas en interior, con un límite de 8 personas por mesa. Las zonas al aire libre de estos salones pueden ocupar todas sus mesas permitidas y albergar a un máximo de 500 personas, con un límite de 10 personas por mesa. También se podrán celebrar actuaciones musicales. Se puede consumir en barra, está permitido el baile solo en exterior y con mascarilla y deberán cerrar a las dos de la madrugada.


3. Discotecas y pubs

Los clientes deben permanecer sentados con una distancia entre grupos de 1,5 metros. El cierre será a las dos de la madrugada. Se permite el 75% de aforo máximo en interior y 100% en terraza. 8 personas por mesa en el interior y 10 en el exterior. Consumo permitido en barra guardando la distancia de 1,5 m. Permitidas las actuaciones musicales. Baile solo en exterior y con mascarilla.


4. Comercios y hoteles

A partir de este jueves 3 de junio, el Nivel 1 en la totalidad de la provincia de Almería permite una ocupación en establecimientos, locales y centros comerciales del 100%. La ocupación de las zonas comunes de hoteles, alojamientos turísticos, campings y zonas de pernocta de autocaravanas será del 100% de su aforo en zonas comunes exteriores y el 75% en zonas comunes interiores.


En piscinas de uso colectivo, la orden permite que llenen hasta el 75% de su aforo tanto en las que sean al aire libre como las interiores.


Se permiten grupos de 25 personas con guía turístico, 30 personas si es en actividades de naturaleza.


5. Velatorios, entierros y cultos religiosos

En lo relativo a velatorios y entierros, se podrán reunir a un máximo de 30 personas al aire libre y de 20 en espacios cerrados, mientras que la participación en funerales o comitivas para un enterramiento o cremación se restringe a un máximo de 50 personas.


Las reuniones y encuentros religiosos, así como ceremonias civiles, podrán desarrollarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios interiores, siempre que no se supere el 75% del aforo y la distancia de seguridad de 1,5 m.


6. Verbenas y romerías

No están recomendadas aunque tampoco están prohibidas.


7. Ocio infantil

En los locales recreativos infantiles se recomienda mantener las burbujas de convivencia escolar. Es necesaria la ventilación, desinfección de manos, y los niños de más de 6 años llevarán mascarilla. Aforo máximo de 50% en interior y 60% en exterior. Grupos de hasta 20 niños. No están permitidos los areneros ni piscinas de espuma.


Los centros de ocio y diversión, parques de atracciones y temáticos, y parques acuáticos con aforo máximo del 75% lugares abiertos y 50% de aforo para lugares cerrados. Las atracciones de feria con filas de asiento tendrán un aforo máximo del 75 % en cada fila. Las atracciones de feria sin asientos con un aforo máximo de 2/3 si se puede garantizar distancia de seguridad. 1/3 si no se puede mantener.


8. Cines, teatros y circos

85% del aforo con una localidad de separación y el público sentado. Se pueden sentar por grupos de hasta 6 personas.


Deberá contarse con una autorización sanitaria para espectáculos de más de 400 espectadores en interior y 800 en exterior.


9. Espectáculos taurinos

60% del aforo y una localidad de separación. Se pueden sentar por grupos de hasta 6 personas.


10. Transporte público

En el transporte público regular de viajeros en autobús, todos los ocupantes deben ir sentados y se pueden usar todos los asientos, mientras que en transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito metropolitano se pueden ocupar todas las plazas sentadas y el 75% de las disponible de pie.


11. Instalaciones deportivas (también gimnasios y academias de baile)

Deportes federados: según el protocolo de las federaciones. Permitida la actividad física individual al aire libre. 75% de aforo máximo en interior y 85% en exterior. Actividades grupales: 20 personas máximo en interior y 25 en exterior, guardando la distancia de 1,5 m. y con mascarilla. Competiciones con espectadores: 50% de aforo y con mascarilla. 75% de aforo y 1.500 personas máximo en interior. 85% de aforo y 2.500 personas como máximo en exterior.


12. Parques y jardines

Los parques y jardines están abiertos en general y las actividades que se puedan programar en ellos implican un máximo de 25 personas por grupo, con una persona por cada cuatro metros cuadrados.


13. Docencia

Puede ser presencial, con medidas de flexibilización en FP y Educación Especial. El aforo será del 85% en academias, con hasta 25 personas por aula.


14. Mercadillos

Se permite el 100% del aforo.


15. Locales de juegos y apuestas

Aforo del 75 % en el local. Restauración según normas de hostelería y restauración. No más de 6 personas en mesas de juego. Deberán cerrar a las 21.30 horas.


16. Peñas y asociaciones

Aforo máximo del 75 % y distancia interpersonal de 1,5 metros. La actividad de restauración debe cumplir normas de hostelería y restauración. Deberán cerrar a las 21.30 horas.


17. Residencias de estudiantes

Aperturas de zonas comunes al 75 % (bibliotecas, salas juego, televisión, etc.). Comedores al 75 % con máximo de 100 personas interior y 150 en exterior. La actividad de restauración debe cumplir normas de hostelería y restauración.


Seis indicadores

Los umbrales que determinan los distintos niveles de alerta se establecen teniendo en cuenta seis indicadores: Incidencia Acumulada (IA) a 14 días, IA en mayores de 60 años, pruebas PDIA, porcentajes de trazabilidad, índices de camas UCI e índice de hospitalización. Seis parámetros que aplican todas las comunidades autónomas.


Los comités territoriales de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto realizan un seguimiento continuo de la situación epidemiológica en sus provincias e informan cada semana sobre la necesidad de mantener o modular los niveles de alerta y sus grados según el riesgo sanitario y la proporcionalidad de las medidas. 


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