El Gobierno no aprobará este martes la prórroga de los ERTEs

El Ejecutivo seguirá negociando con los agentes sociales tras no llegar a acuerdo este lunes

El Gobierno y agentes sociales en una imagen de archivo.
El Gobierno y agentes sociales en una imagen de archivo. Europa Press
La Voz
00:15 • 15 jun. 2020

El Gobierno finalmente no llevará este martes para su aprobación al Consejo de Ministros la prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs) más allá de 30 de junio y se compromete a seguir negociándolo en el marco del diálogo social, según han confirmado a Europa Press fuentes conocedoras de la negociación.



Tras más de cuatro horas de reunión del Gobierno con empresarios y sindicatos, el encuentro celebrado este lunes ha finalizado sin un acuerdo entre las partes para prorrogar los expedientes de regulación de empleo.



El Ejecutivo, según las mismas fuentes, ha querido dar prioridad y poner en valor el diálogo social y ha decidido no aprobar este martes ningún texto de extensión de esta herramienta.



Asimismo, han indicado que el Gobierno estaría dispuesto a analizar la situación de los ERTE en el mes de septiembre. En la propuesta del Gobierno figuraba la fecha del 30 de septiembre como tope de extensión de los ERTEs.



El secretario general de CCOO, Unai Sordo, ha afirmado que se va a seguir negociando a lo largo de esta semana y que los interlocutores sociales tienen la garantía de que el Gobierno no lo llevará mañana al Consejo de Ministros.



"Vamos a dejar márgenes a la negociación. Creo que puede asegurarse que se van a prorrogar los ERTEs durante los próximos meses, pero está por definir en qué condiciones y con qué especificidades respecto al último acuerdo al que llegamos", ha resaltado, tras incidir en que los ERTEs "van a seguir siendo una herramienta fundamental para sostener el empleo del país".



El borrador



En concreto, en el borrador enviado a los agentes sociales para su negociación se recogía que los ERTEs de fuerza mayor derivados del Covid-19 mantendrán su vigencia mientras existan restricciones que impidan o limiten la plena actividad de las empresas, englobando entre dichas restricciones las limitaciones a la movilidad, aforos y equivalentes y las medidas de prevención y contención sanitaria vinculadas al coronavirus. En todo caso, se precisa que la vigencia de estos ERTEs finalizará el 30 de septiembre.


De acuerdo con el borrador del Ejecutivo, las empresas y entidades afectadas por los ERTEs deberán proceder a reincorporar a los trabajadores, primando los ajustes en términos de reducción de jornada, y no podrán efectuarse horas extraordinarias ni concertarse nuevas contrataciones si la empresa tiene algún trabajador en el ERTE. "Dichas acciones podrán constituir infracciones en el ámbito social, en virtud de expediente incoado al efecto, en su caso, por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social", señala el Gobierno.


La propuesta inicial contemplaba que las prestaciones por desempleo asociadas a los ERTEs (que se conceden sin necesidad de cumplir el periodo de carencia) se mantendrán hasta el 30 de septiembre.


También que el Ejecutivo mantendrá hasta el 30 de septiembre la "prohibición" que estableció al despido por causas objetivas, lo que en la práctica supone encarecer la indemnización a 33 días por año trabajado, frente a los 20 de los despidos procedentes. Al mismo tiempo, se propone mantener también hasta el 30 de septiembre la suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, lo que supone de facto prorrogar estos contratos aunque el empresario quisiera rescindirlos.


Menores exenciones de cuotas

La regulación que se dio a mediados de marzo a los ERTEs por fuerza mayor derivados del Covid-19 establece una exoneración de cotizaciones del 75% para las empresas que a 29 de febrero de este año tuvieran más de 50 trabajadores en alta en la Seguridad Social y del 100% para las que tuvieran menos de 50 trabajadores.


Dichas exoneraciones se mantuvieron en mayo y junio y se establecieron otros porcentajes de exenciones en el caso de ERTEs parciales, es decir, para aquellos casos en los que se fueran incorporando trabajadores a medida que las empresas recuperaran actividad.


En concreto, se fijaron exenciones en la cuota empresarial de entre el 45% y el 85% por los trabajadores afectados por un ERTE que se reincorporaran a su puesto de trabajo en mayo y junio. Ahora, para el periodo julio-septiembre, en el borrador del Gobierno estos porcentajes se rebajan.



Temas relacionados

para ti

en destaque