El TAD aplaza al viernes 26-F su decisión sobre Villar y Sáez
Tras tres horas de reunión

Villar.
Tras casi tres horas de reunión en la madrileña calle Ferraz, los siete miembros del Tribunal Administrativo del Deporte han decidido aplazar una semana su decisión sobre si expedientar o no al presidente de la Federación, Ángel María Villar, y a su mano derecha, el vicepresidente económico, Juan Padrón, por supuestas irregularidades que tienen que ver con administración desleal y malversación de fondos para ayudar supuestamente al Recreativo y al Marino. El CSD había pedido la apertura de expediente la semana pasada junto a los responsables de la federación de baloncesto (Pepe Sáez y su secretario general, Luis Giménez por gastos personales a costa de la FEB) por otras irregularidades, pero no será hasta el 26 de febrero cuando el Tribunal se pronuncie sobre ambos casos.
Ese día, el TAD puede abrir simplemente expediente por haber permitido al Recre competir en las temporadas 2014-15 y siguiente y al Marino en la 2012-13, cuando no cumplían los requisitos legales, y requerir a la FEF más documentación y dejar unos días para que Villar alegue, pero también podría ir más allá: bien dando el paso de suspender cautelarmente en sus funciones al presidente, difícil ya que es algo que ni siquiera pidió el CSD, o inhabilitándole directamente; dos medidas que podrían impedir que Villar se presente a las próximas elecciones a la FEF que se iban a celebrar el 22 de abril y que se retrasarán ya que aún no está aprobado el reglamento electoral por varias irregularidades. A Sáez no le afectaría una inhabilitación ya que ha anunciado que no se presentará a las próximas elecciones.
En el caso de que el TAD no le suspenda cautelarmente o le inhabilite directamente (en ambos casos debe abrir expediente antes), Villar podría presentarse a las elecciones para intentar salir otra vez elegido después de 28 años en el cargo, de ahí la importancia de la próxima reunión del día 26. En ese caso, al CSD sólo le quedaría pedir a la Comisión Directiva del Consejo la adopción de esa suspensión cautelar siempre y cuando antes, como requisito obligatorio para dar este paso, el TAD haya abierto expediente antes.