Dos años de prisión por llevar éxtasis y cannabis para su venta junto a la estación Intermodal de Almería
La joven fue arrestada con MDMA, marihuana y hachísvalorados en casi 800 euros

Palacio de Justicia de Almería, sede de la Audiencia Provincial de Almería.
La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a una joven de 22 años por un delito contra la salud pública tras ser sorprendida con distintas cantidades de éxtasis, marihuana y hachís en las inmediaciones de la estación intermodal de autobuses de Almería. La sentencia le impone una pena de dos años de prisión y una multa de 700 euros, aunque la Sala ha acordado suspender la ejecución de la condena durante dos años.
Los hechos se remontan a la tarde del 18 de mayo de 2025. Sobre las 17:35 horas, agentes de la Policía detuvieron a la acusada en las proximidades de la estación y localizaron entre sus pertenencias diversas sustancias estupefacientes que, según considera probado la Audiencia, estarían "destinadas a su distribución entre terceros".
En concreto, los agentes le intervinieron varias partidas de MDMA, principio activo del conocido como éxtasis, repartidas en comprimidos y papelinas. Según la resolución judicial, portaba veinte comprimidos de MDMA distribuidos en dos lotes diferentes, otros cuatro envoltorios con la misma sustancia en polvo y un comprimido adicional. A ello se sumaban seis bolsitas de marihuana y doce dosis de resina de cannabis.
El valor total de las sustancias intervenidas alcanzaba los 796,68 euros en el mercado ilícito, de acuerdo con las valoraciones recogidas en el procedimiento.
Conformidad
La sentencia recoge que la acusada, vecina de Almería y sin antecedentes penales, mostró su conformidad con la acusación formulada por el Ministerio Fiscal durante la vista oral celebrada ante la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería. La Fiscalía había solicitado una condena de dos años de prisión por un delito contra la salud pública previsto en el artículo 368 del Código Penal en su modalidad atenuada.
El tribunal aceptó esa calificación jurídica al considerar acreditado que "la droga estaba destinada al tráfico". Entre los elementos valorados figura la variedad de sustancias intervenidas y su presentación en diferentes dosis, circunstancias que, según expone la resolución, permiten inferir la intención de distribuirlas a terceras personas.
La Audiencia recuerda en su fallo la doctrina del Tribunal Supremo relativa al denominado "último escalón del tráfico de drogas", un supuesto previsto para hechos de menor entidad y que permite rebajar la respuesta penal cuando concurren determinadas circunstancias.
En este caso, los magistrados consideran procedente aplicar el subtipo atenuado previsto en el artículo 368 del Código Penal, teniendo en cuenta la escasa entidad objetiva de los hechos y la situación personal de la acusada, que carecía de antecedentes penales.
Suspensión de ir a prisión
Por ello, la joven ha sido condenada a dos años de cárcel, multa de 700 euros e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Además, deberá abonar las costas procesales y se decreta el decomiso de las sustancias y efectos intervenidos.
Pese a la condena, la resolución acuerda la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad durante un periodo de dos años. Esta medida evita el ingreso en prisión de la condenada siempre que cumpla las condiciones legalmente establecidas durante el plazo fijado por el tribunal. La sentencia fue declarada firme tras la conformidad mostrada por las partes en el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Almería.