La Voz de Almeria

Almería

El exalcalde de Albox sobrevivió al COVID y ahora Torrecárdenas le reclama casi 100.000 euros

El exregidor niega que deba responder personalmente por la asistencia de 60 días que recibió durante la pandemia, al tratarse de una situación de riesgo vital

El exalcalde de Albox y la decana del Colegio de Graduados Sociales.

El exalcalde de Albox y la decana del Colegio de Graduados Sociales.

Víctor Navarro
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Una copa sudada por el hielo que se derrite en un mediodía de julio y un sombrero tipo Panamá que, de tanto en cuanto, protege sus sienes del calor y, en otras ocasiones, cubre una carpeta repleta de documentos, son los silenciosos testigos de una dura historia en tiempos de la pandemia y que, cinco años después, continúa escribiéndose en los juzgados.

Francisco Torrecillas Sánchez exalcalde de Albox, estuvo a punto de morir por COVID-19. Durante meses permaneció entre la vida y la muerte y solo la intervención de los servicios sanitarios, a los cuales "está agradecido", permitió salvarle. Creyó que aquel episodio había quedado definitivamente atrás tras recibir el alta médica. Incluso llegó a reconocer que aquella experiencia le había cambiado la forma de afrontar la vida. Sin embargo, varios años después, el recuerdo del coronavirus ha vuelto a irrumpir en su día a día, aunque esta vez no desde una habitación de hospital, sino en forma de pago.

El Hospital Universitario Torrecárdenas de Almería reclama al exregidor albojense el pago de casi 100.000 euros por la asistencia sanitaria que recibió durante los 60 días que permaneció ingresado por COVID-19. La reclamación ha abierto un litigio entre ambas partes que ya se dirime en la jurisdicción contencioso-administrativa, donde Torrecillas Sánchez solicita que se anule la resolución de la Administración.

Un traslado cuando su vida pendía de un hilo

Durante aquel ingreso permaneció 42 días en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI), otros 14 en Medicina Interna y completó posteriormente su recuperación en Rehabilitación.

Torrecillas Sánchez, mutualista de MUFACE adscrito a la aseguradora privada Adeslas, había ingresado inicialmente por coronavirus en el hospital privado de Almería adscrito a su aseguradora.

Según la documentación consultada por LA VOZ y el relato de su familia, la evolución de la enfermedad fue fulminante. El cuadro clínico se agravó hasta el punto de que el entonces alcalde de Albox permanecía en coma y con pronóstico crítico. Según sostiene, el centro privado “no disponía, en esos momentos, de los medios necesarios para afrontar una situación de tal gravedad”, por lo que su esposa, mientras él permanecía en coma, solicitó su traslado urgente al Hospital Universitario Torrecárdenas para que pudiera recibir la atención especializada que requería su estado.

Según la documentación consultada por LA VOZ, el hospital capitalino dirigió inicialmente la reclamación económica a la aseguradora privada del exalcalde. Sin embargo, al no asumir esta el importe reclamado, se trasladó posteriormente la exigencia de pago al propio Torrecillas Sánchez, al entender que el coste de la asistencia prestada en el hospital público debía ser reintegrado.

El exalcalde ha recurrido la decisión ante la jurisdicción contencioso-administrativa, donde solicita que se declare improcedente la reclamación económica formulada por la Administración sanitaria andaluza. Según explica, la deuda ya ha comenzado a ejecutarse mediante embargos sobre su pensión.

La defensa invoca la normativa de MUFACE

En una carta dirigida a la delegación territorial de Salud en Almería, al que ha tenido acceso LA VOZ, la representación legal del exalcalde sostiene que la normativa reguladora de MUFACE y los conciertos sanitarios suscritos con las entidades aseguradoras “amparan la asistencia prestada en hospitales públicos cuando concurre una situación de urgencia vital”.

Su mujer, María del Mar Gázquez, antigua decana de los procuradores de Almería recuerda que “la utilización de medios no concertados no excluye la cobertura cuando concurre una asistencia urgente de carácter vital” y consideran que esa circunstancia quedó "plenamente acreditada".

Entre los argumentos expuestos en la misiva, figura que el hospital privado donde permanecía ingresado “carecía de los medios necesarios para atender un cuadro clínico de extrema gravedad, llegando incluso —según recoge el escrito— a no disponer de un médico intensivista en ese momento”.

Por ello, entiende que, si existiera alguna obligación de reintegrar el coste de la atención sanitaria, la reclamación debería dirigirse contra la aseguradora  y no contra el propio paciente.

El argumento del Fondo COVID

Torrecillas Sánchez incorpora un segundo argumento. Recuerda que el ingreso se produjo en uno de los momentos más críticos de la pandemia, cuando el Gobierno de España aprobó el Real Decreto-ley 22/2020, por el que se creó el Fondo COVID-19, dotado con 16.000 millones de euros en transferencias extraordinarias para las Comunidades Autónomas con el objetivo de hacer frente al incremento a todo el gasto sanitario ocasionado por la crisis del coronavirus. Al ser una situación de emergencia y expcecional.

Creo que soy la única persona a la que se le está pidiendo un dinero por una situación extrema por COVID”.

El exregidor insiste en que, esa financiación extraordinaria estaba destinada precisamente a sufragar la asistencia prestada a pacientes afectados por la pandemia, por lo que considera improcedente repercutir posteriormente ese coste sobre quien necesitó una atención urgente para salvar la vida, y más habiéndole “ejecutado un embargo a su pensión” para empezar a pagar ese pago demandado.

Un debate que ya llegó al Supremo

Aunque el caso presenta diferencias jurídicas por tratarse de un mutualista de MUFACE, la controversia recuerda a otro asunto resuelto recientemente por el Tribunal Supremo.

En mayo de 2024, el Alto Tribunal condenó al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a reintegrar los gastos sanitarios a un paciente que, tras ser dado de alta en un hospital público durante la pandemia, ingresó en un centro privado con una neumonía bilateral que terminó obligando a su ingreso en la UCI.

El Supremo concluyó que concurría una situación de urgencia vital y que el afectado no había hecho un uso abusivo de la sanidad privada, teniendo en cuenta además el contexto excepcional de saturación que vivía el sistema sanitario.

Aunque los hechos y el régimen jurídico no son idénticos al caso del exalcalde de Albox, esa resolución pone el foco en las situaciones de urgencia vital surgidas durante la pandemia. Será ahora la jurisdicción contencioso-administrativa la que determine si el Servicio Andaluz de Salud puede exigir a Francisco Sánchez Torrecillas el pago de casi 100.000 euros por la asistencia que recibió cuando permanecía en coma y luchaba por sobrevivir al COVID-19 o si, por el contrario, esa obligación correspondía a la aseguradora concertada o debía quedar amparada por el régimen excepcional articulado durante la crisis sanitaria.

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