La Voz de Almeria

Almería

Llega un nuevo día festivo en Almería en el calendario laboral: ¿tengo que ir a trabajar?

El 30 de agosto, día de la Virgen del Mar, patrona de la capital, será día festivo local en la ciudad

Una tienda cerrada en el Paseo de Almería

Una tienda cerrada en el Paseo de AlmeríaLa Voz

Trinidad Rodríguez Fernández
Publicado por

Creado:

Actualizado:

El próximo sábado, 30 de agosto, es un día festivo en el calendario laboral almeriense. El motivo no es otro que la celebración durante su feria y fiestas del día de la Virgen del Mar, patrona de la capital. Esto significa que no habrá que ir a trabajar ese día, en cualquier caso, se recomienda consultar su contrato de trabajo o convenio colectivo.

Ello se traduce en que muchos supermercados, de la talla de Lidl, Mercadona, Aldi o DIA, no abrirán sus puertas de cara a la atención al público. Lo mismo ocurrirá con los comercios y los centros comerciales de Almería, como es el caso del Centro Comercial Torrecárdenas y el Centro Comercial Mediterráneo. No obstante, no ocurrirá lo mismo con El Corte Inglés, puesto que dicha gran superficie está ubicada en el Paseo Pedro Ponce, en la localidad de El Ejido.

Sin embargo, para quienes quieran hacer la compra de última hora, cabe señalar que los establecimientos de Carrefour sí que abrirán sus tiendas. Entre ellos, figuran los localizados en el Paseo de Almería, Avenida Cabo de Gata, calle Poeta Paco Aquino o Avenida del Mediterráneo, entre otros.

¿Tengo que ir a mi puesto de trabajo si es festivo?

En España, los días festivos incluidos en el calendario laboral oficial (ya sean nacionales, autonómicos o locales) son retribuidos y no recuperables, es decir, no estás obligado a hacer esas horas otro día. Así se especifica en el Artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores. Eso significa lo siguiente:

  • No estás obligado a trabajar y sí se debe pagar tu salario correspondiente como si fuera un día laborable normal
  • La única excepción es si tu empresa justifica razones técnicas u organizativas para demandar tu presencia en ese día. En ese caso, la ley establece que:
  • Te deben pagarlo con al menos un 75 % de recargo, oTienes derecho a un día de descanso compensatorio
  • Además, si en el calendario laboral de tu empresa ya estaba establecido que se trabaja ese día, deberías revisar tu convenio colectivo para conocer las condiciones específicas

¿Cuáles son los festivos en Almería para el año 2025?

La capital suma un total de 14 días festivos retribuidos y no recuperables en Almería durante 2025:

  • 1 de enero – Año Nuevo
  • 6 de enero – Epifanía del Señor
  • 28 de febrero – Día de Andalucía
  • 17 de abril – Jueves Santo
  • 18 de abril – Viernes Santo
  • 1 de mayo – Fiesta del Trabajo
  • 24 de junio – San Juan Bautista
  • 15 de agosto – Asunción de la Virgen
  • 30 de agosto – Día de la Virgen del Mar (tradicionalmente celebrado el sábado anterior al último domingo de agosto)
  • 13 de octubre – Festividad del lunes siguiente al Día de la Fiesta Nacional de España
  • 1 de noviembre – Todos los Santos
  • 6 de diciembre – Día de la Constitución
  • 8 de diciembre – Inmaculada Concepción
  • 25 de diciembre – Navidad
tracking