Prohíben los vapers y multarán a los padres de los menores que vapeen: llega la nueva ley antitabaco
Los dispositivos de un solo uso no se podrán vender en breve

Cigarrillo electrónico desechable en mano de mujer.
El Anteproyecto de Ley del Tabaco aprobado este martes por el Consejo de Ministros establece que, si un menor consume tabaco o productos relacionados, la multa deberá ser pagada por sus padres, madres o tutores legales y se considera una falta leve, con multa de 100 euros si se considera un hecho aislado.
Así lo refleja el Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 28/2005, y al que ha tenido acceso Europa Press. El nuevo texto prohíbe el consumo de productos del tabaco a las personas menores de edad con el fin de intensificar la protección de la salud de la infancia y adolescencia. En caso de incumplir la normativa, serán los responsables de los menores los que tengan que pagar la sanción.
Es decir la responsabilidad subsidiaria recae en los padres, tutores o guardadores del menor, por tanto son los responsables de sufragar la multa impuesta. Si se trata de un acto puntual y no repetido, se considera leve y se sanciona con máximo 100, aunque el Anteproyecto establece un rango de 100 a 600 euros para las infracciones leves.
Vapers de un solo uso
Por otra parte, el texto prohíbe la venta y suministro de cigarrillos electrónicos de un solo uso. De este modo, se reconoce un periodo transitorio de 12 meses de prórroga de comercialización, para permitir a los fabricantes y comercializadores adaptar los productos afectados a los nuevos requisitos establecidos.
Por el momento, podrán seguir comercializándose hasta 12 meses después de la entrada en vigor de la presente ley (a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado) los cigarrillos electrónicos de un solo uso.