La Voz de Almeria

El Contador Cofrade

El obispado pone coto a las procesiones extraordinarias: se limitarán a cada barrio

La Hermandad de Pasión, con el aniversario de Desamparados, será la última extraordinaria por el aniversario de una imagen que saldrá de la feligresía al tenerlo ya aprobado

Imagen de archivo de la procesión del Cautivo por el 75 aniversario del Prendimiento.

Imagen de archivo de la procesión del Cautivo por el 75 aniversario del Prendimiento.Jorge Cazorla

Álvaro Hernández
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El obispo de Almería, Antonio Gómez Cantero, ha modificado las normas diocesanas para las hermandades y cofradías que él mismo aprobó hace tres años. Si bien los cambios son, en algunos casos, matices de escasa relevancia, sí hay uno que afectará en buena parte al culto externo que reciben las imágenes en la provincia de Almería. En concreto, se han puesto límites (geográficos) a las procesiones extraordinarias. 

Tal y como recuerda el propio documento de modificación firmado por el obispo el pasado 9 de marzo, "en cuanto a las procesiones extraordinarias, con autorización episcopal se podrán realizar procesión extraordinarias de carácter conmemorativo al cumplirse los primeros 25 años del aniversario de la erección de la hermandad, y los siguientes años que sean múltiplos de 25, o en el aniversario de la bendición de sus imágenes titulares, de igual modo en los siguientes años que sean múltiplos de veinticinco". 

Y es precisamente este último caso, el del aniversario de las bendiciones de imágenes, el que cambia sustancialmente: "La procesión extraordinaria solo será autorizada dentro de la demarcación de la parroquia donde la hermandad esté radicada".

Así, las extraordinarias de próximos aniversarios solo se harán en las calles de la feligresía de cada hermandad. Salvo una excepción: la Hermandad de Pasión, tal y como confirman desde el Obispado, tiene ya aprobado un recorrido que va más allá de la parroquia de Santa Teresa para celebrar el próximo mes de octubre el XXV aniversario de la bendición de María Santísima de los Desamparados y se respetará. Serán los aniversarios que se soliciten a partir de ahora los que tendrán que limitarse a las calles de la parroquia.

No obstante, en muchos casos son las propias hermandades las que ponen cierta mesura en este aspecto. En ese sentido, cabe recordar que recientemente la Hermandad de la Santa Cena ha celebrado el XXV aniversario de la bendición de su titular sin hacer extraordinaria. De la misma forma, el Prendimiento vive ahora el 75 aniversario de la llegada del Cautivo, pero tampoco hará una salida extraordinaria (será la imagen la protagonista del viacrucis de la hermandad en el próximo fin de semana). 

Viacrucis, rosarios y otras modificaciones

Pero el Obispado no le pone límites solo a las procesiones extraordinarias. También ha puesto límites a los rosarios y viacrucis que organizan las cofradías regularmente: si no están reflejados en sus estatutos, necesitarán permiso explícito del Obispado.

Tal y como detalla exactamente el documento publicado este martes, se explica que "de igual modo requieren la autorización del Obispo las procesiones parroquiales no contempladas en los estatutos pero organizadas por hermandades y cofradías para el rezo del rosario dedicado a la Virgen María o la práctica del viacrucis en tiempo penitencial".

Además, el documento en el que se especifican los artículos renovados recoge otros cambios. Cuestiones como el tiempo que una asociación pública de fieles debe ser grupo parroquial antes de ser erigida canónicamente, las condiciones para ser hermano o para votar en unas elecciones son algunas de las recogidas en las modificaciones episcopales. Lo que no se ha incluido es la necesidad de hacer un curso formativo para formar parte de una junta de gobierno, algo que anunció el anterior delegado episcopal para las hermandades y cofradías y que parece haber caído en el olvido.

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