La Policía Local de Roquetas mantendrá sus siete días de descanso frente al de cuatro de la Alcaldía
La sentencia judicial da la razón a los 22 agentes por vulnerar la negociación colectiva y ha anulado el sistema de turnos diseñado por el Ayuntamiento

Archivo - Vehículo de la Policía Local de Roquetas de Mar (Almería).
La Sección de lo Contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia de Almería ha anulado el sistema de turnos diseñado por el Ayuntamiento de Roquetas de Mar para su cuerpo de Policía Local, el cual reducía los días de descanso de siete a cuatro, al considerar que se vulneró el derecho a la negociación colectiva, la cual no se dio forma "real" ni "de buena fe", a la hora de imponer las condiciones de la plantilla.
La Justicia avala el sistema de turnos 7x7 frente al 6x4
La resolución judicial, consultada por Europa Press y contra la que cabe recurso, da validez al sistema de turnos de siete días servicio y siete días de descanso (7x7) frente a un sistema 6x4 acordado mediante un "decreto de la Alcaldía", el cual únicamente sería admisible "ante el fracaso de una negociación realizada en legal forma, algo que no ha sucedido".
La juez María del Carmen Hernández Fontán señala que la cuestión no solo no fue debatida en una mesa de negociación adecuada para tal fin, como hubiera sido una mesa general de funcionarios o una mesa sectorial específica, sino que además "no consta un auténtico debate, deliberación e intercambio de posturas" más allá del "planteamiento de posibles opciones de distribución de jornada".
Cambios en jornadas y turnos de la Policía Local
La decisión municipal fue recurrida por un total de 22 policías locales que se mostraron disconformes con el acuerdo al considerar que las jornadas y turnos se habían modificado sin tener en cuenta las características específicas del colectivo, en una mesa que no era la apropiada y sin un debate al respecto, lo que les ocasionaba un perjuicio.
En este sentido, la sentencia avala la distribución de la jornada 7x7 que había implantada desde 2020 como un sistema válido frente al 6x4 que se adoptó mediante el acta de la mesa general de negociación del Ayuntamiento de Roquetas de Mar el 30 de diciembre de 2024 y, posteriormente, mediante decreto de Alcaldía el 10 de enero del año siguiente.
La distribución no se negoció de forma específica
La resolución señala incluso que la distribución de turnos de la Policía Local tan siquiera se abordó de forma específica en la mesa general de negociación, cuyo acuerdo se refiere "solo a la jornada anual del personal al servicio de la Corporación Local" y no al sistema que se decidió para el cuerpo policial, esto es, la sustitución del 7x7 al 6x4, que luego se aprobó por decreto.
La magistrada recuerda en su pronunciamiento que la jornada y el horario de trabajo son cuestiones sometidas a negociación de forma obligatoria por aplicación del artículo 37.1 del Real Legislativo 5/2015 y, por tanto, no se pueden modificar sin la negociación previa, en este caso, en una mesa específica -no era válida la mesa general- al tratarse de un aspecto que solo afectaba a la Policía Local y no ser una materia común para todo el personal municipal.