Trabalón vuelve a ser absuelto en Costurero y ya gana por tres a uno
Queda absuelto junto al resto de concejales y técnicos de un supuesto delito en El Cucador

Cándido Trabalón, a la salida del juzgado
La operación Costurero de Zurgena, la primera macroactuación policial por presunta corrupción urbanística, se va diluyendo como un azucarillo en un vaso de agua. Aunque aún queda varios procedimientos, hasta el momento, los imputados, entre ellos el exalcalde y actual edil, Cándido Trabalón, han resultado absueltos por los jueces en tres de las cuatro causas juzgadas.
La última sentencia ha sido emitida por la jueza del juzgado de lo Penal número 4 de Almería, Marta Inés Sierra Martínez, en la que absuelve a José María Urrea Miras, Manuel Tijeras Cruz, Emilia Jiménez Pérez, Miguel Martín Ramos, Francisco Salvador Granados, José Torrecillas Cortés, Juan Morales Díaz, José Antonio Ramos Muñoz, Cándido Trabalón Fernández y Aniceto López Martínez por sendos delitos de prevaricación y contra la ordenación del territorio.
Licencias
Los hechos juzgados hacen referencia a la construcción de cinco viviendas unifamiliares en el paraje de El Cucador de Zurgena. Las licencias de obra fueron otorgadas por el Pleno del Ayuntamiento de Zurgena el 18 de febrero de 2006 sobre la base del informe técnico emitido por el acusado Francisco Salvador Granado y por la secretaria de la Corporación, con el voto favorable del entonces alcalde Cándido Trabalón y de sus concejales.
La promoción fue promovida por la empresa Construcciones Torres y Gil, administrada por José Torrecillas Cortes sobre la base de proyectos elaborados por el arquitecto, también acusado, José María Urrea Mira. La jueza considera como hechos probados que Urrea se limitó a elaborar los proyectos básicos, no habiendo intervenido en la dirección técnica de las obra.
En el caso de Francisco Granado, queda probado que había sido contratado por la Corporación para la elaboración del PGOU del municipio, careciendo de la consideración de técnico del Ayuntamiento. La parcela sobre la que se promovió la construcción de las viviendas tenía la consideración de suelo urbano.
El municipio de Zurgena carecía de planeamiento urbanístico por lo que, en consecuencia, para determinar si la parcela era o no suelo urbano había de estarse a la transitoria que dicta que “en los municipios donde no hay planeamiento general, el suelo se entenderá clasificado en urbano y no urbanizable. Los primeros serán aquellos que formen pate de un núcleo de población existente o ser susceptible de incorporarse en ejecución del Plan.
Asfaltado
El fiscal entiende que la parcela en cuestión no estaba en el núcleo del anejo de El Cucador y que el asfaltado de los caminos, el suministro eléctrico y la red de abastecimiento de agua y saneamiento se hizo posterior a la compra a su anterior propietario, Emilio Ramos.
La jueza estima en su sentencia, que queda probado que se trataba de un suelo urbano, independientemente de que los servicios se dotaran por el Ayuntamiento con posterioridad a la compraventa.