Archivan la causa contra la alcaldesa de Cantoria y Cerrillo tras desmontarse cinco acusaciones
La jueza concluye que "no resulta posible acreditar siquiera indiciariamente la perpetración de ningún ilícito penal"

Antonio Cerrillo durante un mitin junto a las imágenes de Puri Sánchez cuando era candidata a la Alcaldía.
El Juzgado de Instrucción nº1 de Huércal-Overa ha dictado el archivo y sobreseimiento provisional de la causa penal contra Purificación Sánchez, alcaldesa de Cantoria, y Antonio Cerrillo, secretario general del PSOE en ese municipio y esposo de la primera edil, al no apreciarse indicios de delito en ninguna de las cinco acusaciones que pesaban sobre ellos.
El auto subraya la falta de base penal tras una instrucción exhaustiva, en la que los investigados han estado representados por los letrados Carlos Aránguez y Javier Salvador, de Aránguez Abogados.
Ambos letrados han defendido, respectivamente, a Purificación Sánchez y Antonio Cerrillo, frente a una denuncia interpuesta por Domingo Jesús Serrano Pallarés, dirigente local del PP, y cuatro más, que les atribuía presuntos delitos de coacciones, amenazas, acoso y prevaricación, entre otros.
La resolución judicial, firmada el 13 de noviembre de 2025 por la jueza Paloma Carmen Montero Madej, concluye que “no resulta posible acreditar siquiera indiciariamente la perpetración de ningún ilícito penal” y que la actuación de los investigados se enmarca en las funciones propias de sus cargos institucionales y políticos.
En el curso de las diligencias, se analizó la documentación presentada, se practicaron testificales y se tomaron declaraciones tanto a los denunciados como a trabajadores municipales. Uno de los hechos centrales era el corte del suministro de agua en determinadas viviendas carentes de contadores y fuera de la red municipal, pero que el denunciante atribuía a motivaciones políticas. Sin embargo, el juzgado ha determinado que no existió orden directa ni conocimiento del corte por parte de los acusados, y que las obras realizadas respondían a un plan técnico de renovación de redes y mejora de la potabilización.
“Los presuntos afectados dejaron de recibir agua cuando se vació el depósito privado que llenaban desde un enganche a la red antigua, pero que no existía para el propio Ayuntamiento. Ninguna de esas casas paga al ayuntamiento por el consumo que genera, y en contraposición a ello, los moradores sí pagan a los arrendadores por lo que llaman “impulsión de agua”, explican desde Aránguez Abogados.
El auto recalca, además, que no hay constancia de amenazas ni de actos de acoso por parte de los investigados, y señala que las discrepancias entre las partes podrían encajar, en todo caso, en el ámbito contencioso-administrativo, pero nunca en la jurisdicción penal.
Con esta decisión, se cierra un proceso que había sido reabierto tras un recurso del denunciante, pero que ha vuelto a desembocar en el sobreseimiento, lo que refuerza la solidez de la defensa ejercida por los letrados Aránguez y Salvador.
El sobreseimiento de estas diligencias da luz a su vez a la segunda causa sobre el mismo escenario, referente a defraudación de fluido, al considerar el Ayuntamiento que los enganches descubiertos a raíz de esta denuncia son ilegales y generan unos consumos por los que el ayuntamiento no recibe ningún ingreso.