Las deudas de los difuntos disparan las renuncias de herencias un 250%
Las deudas de los difuntos disparan las renuncias de herencias un 250%
La base de datos del Colegio de Notarios de Andalucía da cuenta de un dato muy significativo: la crisis ha llegado también a las herencias y la muerte no discrimina entre difuntos en números rojos y con deudas y quienes tienen una saneada contabilidad, ahorros y no adeudan nada. Quienes sí tienen oportunidad de decidir si aceptan o no lo que les dejan los difuntos, son los potenciales beneficiarios -o perjudicados- de los bienes -o deudas-: los herederos.
Enrique Lapiedra Frías, delegado en el distrito de Almería del Colegio de Notarios de Andalucía asegura, basándose en los datos del Colegio, que el número de escrituras de renuncia de herencias ha crecido mucho desde el año 2007 hasta la actualidad. Aunque no manejan datos por provincias, Almería no es un excepción en cuanto a lo que sucede en el resto de Andalucía y que “tiene claramente que ver con la crisis”. “Desde 2007 hasta 2012 se han multiplicado por dos, un 210%, las renuncias a herencias en España y en Andalucía ha subido aún más, porque la crisis aquí se está notando más”, un 244%, explica Lapiedra.
Las renuncias de herencia que había antiguamente recogían un acuerdo entre los herederos porque les interesaba hacerlo así y renunciaban todos menos uno. “Esas renuncias no tributaban. Eran la inmensa mayoría; pero ahora tenemos muchos casos en los que la gente dice que sus padres no tenían una situación buena, y nos consulta mucho por ello”, añade.
Normalmente las renuncias son de gente que sabe que sus padres estaban en mala situación económica y, si aceptan la herencia, los acreedores de sus padres pueden reclamar contra su propio patrimonio y entonces renuncian. “No se aceptan las herencias donde hay más pasivo que activo. Es tan fácil como ir al notario y hacer una escritura”, explica Lapiedra, a la par que advierte que “las renuncias de herencias son peligrosas en tanto que le puedo estar trasladando el problema a mis hijos. Hay que tener cuidado, es una cuestión técnica y depende de si hay o no testamento y hay que tener cuidado”. Los acreedores intentarían cobrar por los bienes de la herencia y hay un orden de llamamientos. En caso de que no haya testamento y renuncien los hijos, también la esposa, los hermanos,... cuando no hay más parientes, sería para el Estado y sería a él al que intentarían cobrar su deuda, pero en ese caso.
En Almería, la media está en la andaluza. Según Lapiedra, Almería está en la costa y la crisis de la construcción ha sido más importante que en el interior. “Pero aquí hay invernaderos y el sector agrario no está sufriendo tanto la crisis, porque tiene un sector exportador pujante y de no ser por eso estaríamos por encima de la media andaluza. Estoy convencido de que, si hubiera estadísticas disponibles estaríamos en la situación de Andalucía”.
El delegado del Colegio de Notarios refiere que “antes nadie preguntaba qué tengo que hacer para renunciar a una herencia y ahora mucha gente”.
Para él “lo más significativo es el aumento hasta un 244%”. “Me ha sorprendido el dato buscándolo. Era obvio que se había incrementado, pero duplicado desde 2007, no lo esperaba”. El disparo en los rechazos de herencias en Andalucía se produjo sobre todo en 2012.
Imprescindible la voluntad expresa
Para rechazar una herencia hay que declarar, como beneficiario, la voluntad expresa mediante escritura pública de no ser heredero -también ante un juzgado si hay litigio por ella o el fallecido no dejó testamento-, no asumiendo así las deudas o posibles gastos transmitidos por el difunto o la difunta. Renunciar a ella supone perder todos los derechos pero también quedar desvinculado de los gravámenes o cargas que tuviera. Repudiar una herencia también se hacer cuando los herederos tienen deudas, por lo que prefieren que la reciban sus hermanos antes que sus acreedores, porque saben que aquellos podrían pasarlo a los hijos de quien renuncia. Para cerciorarse antes de aceptar una herencia se puede pedir lo que se conoce como “beneficio de inventario” para conocer el valor de lo heredado.