Roquetas de Mar

Dos concejales de Roquetas renuncian a sus actas

Roquetas elimina las cargas complementarias de las Normas Urbanísticas del PGOU

Pleno extraordinario.
Pleno extraordinario. La Voz
La Voz
11:10 • 28 abr. 2023

El Ayuntamiento de Roquetas de Mar ha celebrado sesión extraordinaria de pleno. En el transcurso del mismo han renunciado a sus actas de concejales Daniel Zalalla y José Ignacio Cerrudo, de Ciudadanos y Vox, respectivamente.



Tras la aprobación del acta de la sesión anterior, se ha llevado a cabo el sorteo para designar los miembros de las mesas electorales para las Elecciones Locales que se celebrarán el próximo 28 de mayo. También ha explicado que hay cambios y que el Colegio Las Lomas ya no será electoral y en su lugar lo será el Edificio Polivalente de El Puerto, y que la Cámara Agraria se sustituye por el Museo Casa Anita. Para cada mesa se citará a 9 personas.



En otro orden de cosas, por unanimidad de todos sus miembros, la corporación municipal ha aprobado iniciar los trámites para obtener la candidatura al reconocimiento como Ciudad Amiga de la Infancia.



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De los puntos que se han aprobado destaca la proposición relativa a la aprobación definitiva para la eliminación de las cargas suplementarias, que elimina los apartados e) y f) del artículo 4.18.3 y el apartado f) del artículo 5.4.3 de las normas urbanísticas del Plan General de Roquetas de Mar, que regulan la Prestación Económica para actuaciones sobre el Suelo, la Urbanización y el Equipamiento y la Prestación para la ejecución de los Sistemas Generales.



Es necesario distinguir entre los gastos de urbanización y obligación de los propietarios de suelo unas cargas suplementarias de los costes de urbanización en las actuaciones por unidades de ejecución del suelo urbano no consolidado y del suelo urbanizable.



Entre estas cargas suplementarias, se cuantifican para cada una de ellas en 30€ por cada metro de techo edificable, actualizables anualmente. Se distinguen las del suelo Urbano No Consolidado (prestación económica para actuaciones sobre el suelo, la urbanización y el equipamiento para la mejora de la urbanización, los servicios e infraestructuras de los espacios públicos y el incremento de los suelos dotacionales en el entorno del suelo urbano), las de suelo Urbano No Consolidado (prestación económica para ejecución de los Sistemas Generales; es decir, para financiar la ejecución de la urbanización y el equipamiento de los sistemas generales) y en suelo Urbanizable (Prestación económica para ejecución de los Sistemas Generales; es decir, para financiar la ejecución de la urbanización y el equipamiento de los sistemas generales).



La innovación está motivada y justificada sobre la base del interés general, pues la ordenación urbanística tiene una indudable función pública, aunque con evidente colaboración privada, por lo que con la mejora y precisión del Plan General el Ayuntamiento contribuye a activar el desarrollo y la ejecución urbanística de aquellos ámbitos o sectores aún pendientes de su ordenación detallada, gestión y/o urbanización.


Las circunstancias que motivan la necesidad, conveniencia y oportunidad de la presente modificación se basan en la obligación de corregir las cargas suplementarias impuestas de manera inadecuada por el Plan General vigente y que están complicando, dificultando e impidiendo el desarrollo de las actuaciones de transformación urbanística previstas.


Desde la aprobación del Plan General el sector de la construcción e inmobiliario se ha enfrentado a la crisis económica del estallido de la burbuja inmobiliaria y, actualmente, a la crisis sanitaria de la pandemia de la COVID-19, entre otros.


Para adaptarse a este nuevo escenario global es necesaria esta medida para amortiguar el impacto y los cambios que sufrirá el sector, pues con la reducción de los costes de construcción el Ayuntamiento de Roquetas de Mar incentiva poder disponer de suelo urbanizado adecuado y suficiente para usos productivos y para uso residencial, que atienda a las necesidades de la ciudadanía y del mercado inmobiliario.


Las cargas suplementarias han supuesto no ya una ralentización, sino una paralización absoluta de actuaciones de transformación urbanística de reforma interior o de nueva urbanización, ya que la ciudad cuenta con importantes bolsas de suelo urbano no consolidado y urbanizable sin desarrollar, lo que ha supuesto una evidente escasez de suelo directamente edificable que pueda absorber la demanda existente de implantación de actividades económicas y de nuevas dotaciones públicas, por lo que resulta procedente por razón de su impacto positivo en el orden económico en aras del interés general.


Además, el Ayuntamiento no ha ingresado nunca cantidad alguna por estos conceptos, dado que el desarrollo urbanístico del municipio está totalmente paralizado toda vez, que, desde la aprobación del Plan General hasta la fecha, no se ha llevado a cabo ningún procedimiento de actuación de transformación urbanística, ya sea de nueva urbanización o de reforma o renovación de la urbanización, y no se ha aprobado ningún planeamiento de desarrollo, en parte por la propia carga.


Y así se lo han puesto de manifiesto al Ayuntamiento, entre otros, la Confederación Empresarial en la provincia de Almería ASEMPAL, la Asociación de Promotores-Constructores de Edificios de ASEMPAL, promotores inmobiliarios o los propios propietarios de suelo, que ven en estas cargas urbanísticas suplementarias una rémora para el desarrollo urbanístico, pues múltiples propuestas y proyectos de desarrollo urbanístico del municipio, antes de comenzar, entran en vía muerta entorpecidos por las prestaciones suplementarias exigidas en el plan general vigente, ya que alteran el equilibro exigible entre las cargas y los beneficios resultantes de la ordenación.


En definitiva, con la eliminación de las prestaciones económicas el Ayuntamiento logra la flexibilización de la normativa urbanística y dar respuesta a todos los agentes, tanto públicos como privados, que en él intervienen, desde los planificadores a los distintos agentes intervinientes en el proceso urbanizador y de edificación, operadores en el mercado inmobiliario (promotores inmobiliarios, entidades bancarias y propietarios de todo tipo de activos) y, por supuesto, los ciudadanos.


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