Fiñana

Absuelto el acusado de matar de un disparo al perro de un vecino en Almería

El acusado habría enterrado al animal en un camino cerca de su propiedad, en Fiñana

El suceso tuvo lugar en el municipio de Fiñana.
El suceso tuvo lugar en el municipio de Fiñana.
Europa Press
12:59 • 28 ene. 2023 / actualizado a las 13:10 • 28 ene. 2023

El Juzgado de lo Penal número 4 de Almería ha absuelto a un hombre acusado de matar de un disparo al perro de un vecino de su finca de Fiñana y posteriormente enterrar al can en el camino cercano a su propiedad al considerar que, en base a los testimonios y pruebas aportadas, no se pudo demostrar que fuera el autor material de la muerte del animal.



El fallo, contra el que cabe recurso de apelación, absuelve al acusado de un delito de maltrato de animal doméstico conforme a los artículos del Código Penal 337.1, 2.b y 3, que contemplan hasta 18 meses de prisión y de dos a cuatro años de inhabilitación para el ejercicio de profesión, oficio o comercio relacionado con animales y su tenencia para quien hubiera causado la muerte de un animal.



Fue el 8 de septiembre de 2020 cuando el perro de raza mastín apareció muerto en el camino cercano a la propiedad del acusado, defendido por el letrado Nabil El Meknassi, quien negó haber disparado al animal si bien reconoció que lo había enterrado por que "se lo pidió un vecino" ya que el cuerpo "estorbaba para pasar con su vehículo" y "estaba en la linde de su camino".



Durante el juicio declararon dos testigos, uno de los cuales aseguró haber escuchado un tiro, aunque ninguno de ellos pudieron ver al acusado disparar al perro, toda vez que tampoco pudieron asegurar que el animal falleciese por una herida de bala, dado que no vieron sangre ni tan siquiera en los alrededores.



En la vista oral también declaró una veterinaria quien se ratificó en su informe aunque no pudo dar detalles de su intervención porque "tenía mucho trabajo" y "no recordaba bien" lo ocurrido, "no pudiendo aclarar si el animal presentaba un solo disparo con orificio de entrada o también de salida, el calibre o procedencia de la bala, el lugar concreto del cuerpo en el que tenía el tiro" ni tampoco "el tiempo de muerte hasta que ella lo examinó", entre otros extremos.



Del mismo modo, el agente de la Guardia Civil que instruyó el atestado tras la denuncia del dueño y ante el que el acusado reconoció haber enterrado el perro "para quitarlo de en medio" pero no que le hubiera disparado.



Ante tales manifestado, la juez determinó que "no existe ningún elemento objetivo que permita justificar la prevalencia de la versión mantenida por la acusación", ya que las pruebas "no tienen por sísolas una fuerza o entidad suficiente para enervar la presunción de inocencia, a falta de una corroboración por una prueba de cargo directa o por una prueba indiciaria, que no se ha obtenido", por lo que el acusado fue absuelto.




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