La reapertura de las piscinas comunitarias

CAF Almería se desmarca de las publicaciones con respecto a la apertura o no de piscinas

Piscina comunitaria, incertidumbre en la apertura.
Piscina comunitaria, incertidumbre en la apertura. La Voz
Pablo Poza
07:00 • 22 may. 2020

El Colegio de Administradores de Fincas de Almería se desmarca de las publicaciones de algunos medios de comunicación con respecto a la apertura o no de las piscinas comunitarias, previstas para este verano.




El colegio ha venido informando a sus colegiados de la reciente normativa publicada en el BOE para la fase 2 de la desescalada.



Comunidad de vecinos
Cada comunidad o urbanización debe estar preparada con todas las garantías para la apertura de piscinas comunitarias y cumplir con todas las normas vigentes. La decisión de su apertura o no, será la de la propia comunidad, ya que el administrador de fincas, se limita a informar y ejecutar los acuerdos de los comuneros. De hecho ya hay comunidades preparadas para el pistoletazo de salida y apertura de sus piscinas, siempre que así lo decida la comunidad, en este caso siempre habrá que cumplir lo establecido por la legislación vigente.




Las comunidades de vecinos preparan la apertura de sus piscinas comunitarias, que no será posible hasta la fase 2. La controversia viene además porque en muchas de las comunidades no hay personal responsable a cargo de la instalación que pueda controlar o limitar el acceso de los propietarios, que según la orden el aforo máximo es del 30% y, en los casos que disponen de socorrista, su competencia se limita al control del vaso de la piscina. Todo esto según se publicó el pasado 17 de mayo en el Boletín Oficial del Estado, que se podrá proceder a la apertura al público de las piscinas recreativas.




Las condiciones para la apertura de las piscinas son numerosas, en consonancia con el resto de actividades y van desde la reducción del aforo a un tercio y siempre con cita previa, la señalización de los espacios comunes para garantizar los dos metros de distancia entre toallas y usuarios, evitando cualquier contacto y la desinfección diaria de toda la instalación previa a su apertura. Y corresponde a la comunidad de vecinos establecer el proceso para organizar los turnos y facilitar la entrada y salida de usuarios sin conflictos. La Orden del Ministerio de Sanidad establece que, en caso contrario, se reducirá dicho aforo a efectos de cumplir con la distancia de seguridad.



A esto hay que sumar que el aforo podría ser aún menor que el fijado cuando se apliquen las medidas relacionadas con la distancia de seguridad. Hay que garantizar que, al menos, habrá dos metros entre usuarios en las zonas que rodean la piscina para tomar el sol y que se establecerá un espacio de uso reservado "para cada persona" que estará limitado "mediante señales en el suelo".






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