Ana Julia pide repetir el juicio y acusa a la juez de “colar” la alevosía

La defensa considera que la juez actuó con parcialidad y quiso asegurar la prisión permanente

Javier Pajarón
21:10 • 30 oct. 2019

Ana Julia Quezada agota sus últimas opciones legales para evitar la prisión permanente revisable por el asesinato del pequeño Gabriel Cruz Ramírez en una finca de Rodalquilar en febrero de 2018. La defensa recurre la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería el pasado 30 de septiembre y solicita “que se celebre un nuevo juicio con un tribunal profesional”.




El recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ataca prácticamente todos los aspectos de la sentencia contra Ana Julia Quezada, incluida la labor de la magistrada. El documento elaborado por los letrados Esteban Hernández Thiel y Beatriz Gámez acusa a la juez Alejandra Dodero de actuar de forma “parcial” para orientar a los miembros del jurado popular hacia un veredicto de culpabilidad por asesinato y, por consiguiente, a una condena de prisión permanente revisable.




“La magistrada, cuya encomiable trayectoria profesional y capacidad de trabajo consta a quien suscribe, no pudo evitar incurrir en parcialidad a la hora de dar instrucciones al jurado”, señala el recurso consultado por LA VOZ DE ALMERÍA. La defensa apunta a la construcción del objeto de veredicto, es decir, a las preguntas que debían responder los nueve miembros del jurado popular.  




“Este quebrantamiento de garantías constitucionales y procesales ocasionó indefensión (...) evidenciándose en que, al analizar los hechos objeto del veredicto y las instrucciones que le fueron dadas antes de retirarse a deliberar, al jurado no se le ofrecía más alternativa que estimar la concurrencia de alevosía sorpresiva”, explica la apelación.




La alevosía es precisamente el elemento clave en la condena a Ana Julia Quezada. Tras desestimarse la existencia de un “ensañamiento”, como pidió la acusación particular, la alevosía era necesaria para convertir el homicidio en asesinato e imponer a Ana Julia Quezada la cadena perpetua.

La alevosía, clave
La defensa considera que no está acreditado el ataque sorpresivo sin posibilidad de evitar la agresión porque “el niño se defendió muchísimo” y, además, asegura que la magistrada no dio otras opciones. “Lo que, en la respetuosa opinión de esta parte, no parece razonable es que, a través de unas parciales instrucciones, se intente ‘colar’ al jurado una supuesta alevosía sorpresiva y, de esta manera, dejar expedita la vía para subrepticiamente (...) castigar los hechos con prisión permanente revisable”, añade el recurso de apelación al TSJA.




Como alternativa a la repetición del juicio con un tribunal profesional, la defensa propone la selección de un nuevo jurado popular. De hecho, los letrados siempre criticaron la “desmedida repercursión mediática” y su impacto en el proceso judicial. Y si esto tampoco es atendido por el TSJA, Esteban Hernández Thiel y Beatriz Gámez  solicitan la rebaja de los hechos de asesinato a un delito de homicidio (evitaría la prisión permanente).




Además, los letrados de la defensa solicitan en su recurso de apelación la eliminación de los delitos de daños morales y lesiones psíquicas a los padres del menor, Ángel Cruz y Patricia Ramírez.




El documento presentado al TSJA argumenta inicialmente que el comportamiento de Ana Julia Quezada después del 27 de febrero solo pretendía ocultar el crimen y no dañar a la familia como sostenían el juez instructor Rafael Soriano, la fiscal Elena Fernández Lora y la acusación particular ejercida por Francisco Torres.


“Es indudable que los padres del menor padecen un daño psíquico, causado por la muerte violenta de su hijo, como es normal en estos casos, pero todos los actos llevados a cabo por Ana Julia después de la muerte de Gabriel, tienden a ocultar el delito cometido”, dice la defensa. “No resulta razonable concluir que, con su conducta de ocultación de los hechos, tuviese la acusada el dolo de lesionar a los padres del fallecido”.


Y, en segundo lugar, la defensa subraya que los mismos hechos probados (participar en manifestaciones, animar a la familia, etc.) sirven para condenar por dos delitos distintos a la vez. “La condena por estos delitos resulta jurídicamente improcedente, pues, se incurre en una doble incriminación por los mismos hechos”.


Después de este recurso de apelación, la defensa podrá acudir en casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Mientras, Quezada de 45 años de edad permanece en el módulo uno del centro penitenciario El Acebuche protegida y aislada del resto de la población reclusa.


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