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Vivienda

Deja de ser obligatorio en Andalucía el depositar la fianza de los alquileres de viviendas

"La aplicación de la nueva Ley no afecta para nada a la administración"

Un cartel que anuncia un piso en alquiler, en imagen de archivo.

Un cartel que anuncia un piso en alquiler, en imagen de archivo.La Voz

Mª Ángeles Arellano
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Cambios para los nuevos alquileres de viviendas. Tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda en Andalucía 5/2025 el pasado 24 de enero se establece la supresión de la obligatoriedad del deposito de fianzas para arrendamientos, tal y como sí estaba establecido hasta ahora. 

"De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía, queda suprimida la obligación de efectuar ante la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía el depósito de las cantidades que, en concepto de fianza, se constituyan en los contratos de arrendamiento celebrados desde el 24 de enero de 2026, inclusive", informa la Agencia de Vivienda y Rehabilitación del Gobierno regional, que sí especifica en su web que "se mantiene la obligación del depósito de la fianza de los contratos con fecha de devengo (fecha de contrato) hasta el 23/01/2026, inclusive".

Según han informado fuentes de la Junta de Andalucía a LA VOZ, la devolución de las fianzas depositadas deberán ser solicitadas al vencimiento de los contratos de arrendamiento. A partir de ese momento, la administración dispone de un mes para materializar dicha devolución.

"La aplicación de la nueva Ley, en lo relativo a la devolución, no afecta para nada a la administración, que seguirá resolviendo las devoluciones como hasta ahora lo viene haciendo", puntualizan las citadas fuentes, que aseguran que no se ha notado ningún incremento significativo en las solicitudes de devolución presentadas tras la entrada en vigor de la nueva Ley.

Desde la Junta de Andalucía se ha querido aclarar que esta nueva disposición no afecta directamente al Gobierno autonómico. "Las devoluciones no suponen ningún quebranto en tesorería, ya que las cantidades aportadas quedan en depósito por parte de la administración a disposición de los arrendadores que soliciten su devolución al vencimiento del contrato de arrendamiento", ha matizado.

Lo que no ha dado a conocer la Junta de Andalucía es el número de fianzas por alquiler que sigue teniendo depositadas, ni el importe total al que ascienden estas.

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