La Voz de Almeria

Empleo

Una juez eleva de 17 euros a 34.000 la indemnización de una cartera tras 177 contratos temporales

La sentencia concluye que Correos recurrió de forma abusiva a contratos de duración determinada para cubrir puestos estructurales

La cartera sigue trabajando en Correos. En la imagen, una unidad de reparto en la provincia.

La cartera sigue trabajando en Correos. En la imagen, una unidad de reparto en la provincia.LA VOZ

Miguel Cabrera
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Una trabajadora de Correos del Levante almeriense que llegó a encadenar 177 contratos temporales en casi veinte años ha visto multiplicada por cerca de 2.000 su indemnización por despido tras una sentencia de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Almería, que ha elevado la cuantía de 17,33 a 34.294,83 euros al considerar que la empresa incurrió en fraude de ley en la contratación.

La resolución declara improcedente el despido y concluye que la empleada mantenía, en realidad, una única relación laboral iniciada el 30 de mayo de 2005, pese a la sucesión de contratos temporales y a las interrupciones existentes entre ellos.

La juez considera acreditado que Correos utilizó de forma abusiva la contratación temporal para cubrir necesidades permanentes de la empresa. En este caso, la trabajadora llegó a firmar 177 contratos durante casi dos décadas, una cifra que la sentencia considera reveladora de que no se trataba de necesidades ocasionales.

Uno de los aspectos clave del fallo es que reconoce a la empleada una antigüedad de casi veinte años. Para ello aplica la doctrina de la unidad esencial del vínculo, según la cual las interrupciones entre contratos no rompen necesariamente la continuidad de la relación laboral cuando forman parte de una prestación de servicios esencialmente continuada. La magistrada destaca que las mayores interrupciones fueron de ocho y siete meses, un periodo que considera insuficiente para desvirtuar una vinculación laboral mantenida desde 2005.

Personal fijo

La sentencia también incorpora la reciente doctrina fijada por el Tribunal Supremo tras los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad en el empleo público. A la vista de esa jurisprudencia, concluye que la trabajadora debía ser considerada personal fijo, al haber superado un proceso selectivo para acceder a un puesto fijo, aunque finalmente no obtuviera plaza.

Ese reconocimiento modifica por completo el cálculo de la indemnización. Cuando finalizó su último contrato, la trabajadora recibió únicamente 17,33 euros por parte de Correos. Sin embargo, al computarse casi veinte años de antigüedad, la cuantía asciende a 34.294,83 euros, cantidad que Correos ha decidido abonar al optar por la indemnización en lugar de la readmisión.

"Una detrás de otra"

La demanda fue presentada por los servicios jurídicos del sindicato Sipcte. Su responsable en Almería, Francisco Sabio, sostiene que esta resolución no constituye un caso aislado. "Ayer mismo nos llegó otra sentencia en los mismos términos. Es una detrás de otra", afirma.

Sabio subraya que el número de contratos encadenados convierte este procedimiento en uno de los más llamativos. "Son 177 contratos. Es una barbaridad; llevaba toda la vida trabajando", señala.

A su juicio, las resoluciones judiciales evidencian un problema estructural en la política de contratación de la empresa. "Lo que pedimos a Correos es que haga las cosas bien y deje de cometer fraudes en la contratación. No lo decimos nosotros, lo dicen las propias sentencias", añade.

Sigue trabajando en Correos

Aunque pueda resultar extraño, el representante sindical explica además que la trabajadora continúa prestando en la actualidad servicio en Correos, ya que fue contratada de nuevo mientras se tramitaba el procedimiento judicial

También critica que el convenio colectivo establezca que los empleados indemnizados pierdan la antigüedad computable para promociones y bolsas de empleo, una consecuencia que considera contraria al espíritu de este tipo de resoluciones.

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