Viajes
Cómo reclamar un vuelo fuera de la Unión Europea y qué derechos tiene el pasajero
El Convenio de Montreal y el Reglamento europeo determinan cuándo es posible reclamar una indemnización por retrasos o cancelaciones de vuelos internacionales

Los pasajeros que vuelan fuera de la Unión Europea pueden seguir teniendo derecho a reclamar una indemnización en determinados supuestos.
La mayor duración de las vacaciones de verano hace que muchos las aprovechen para buscar un destino más lejano y no solo salir del país, sino también de la Unión Europea.
Sin embargo, tomar un vuelo fuera de la Unión Europea puede afectar a tus derechos como pasajero aéreo. Por eso, conviene informarse sobre qué es posible hacer para, en caso de incidencia en el aeropuerto extranjero, acogerse a la normativa que mayor cobertura de derechos pueda ofrecer.
El Convenio de Montreal
El Convenio de Montreal es el texto aplicable en caso de vuelos retrasados o cancelados de forma internacional en más de 120 países de todo el mundo, entre los que se encuentran los países europeos.
Aun así, el texto del convenio no especifica cuantías fijas para las indemnizaciones por estas incidencias, como sí hacen otras leyes sobre derechos de los pasajeros. Esto implica que, si es necesario acogerse al convenio porque es la única ley aplicable, los pasajeros deberán demostrar las pérdidas causadas por la incidencia (por ejemplo, el precio del alojamiento en el destino u otras actividades o alquileres ya contratados).
Además, las causas del retraso o el vuelo cancelado serán cruciales para poder reclamar o no, pues solo será posible hacerlo cuando la compañía aérea sea la responsable.
La parte positiva del convenio es que, debido a su amplio territorio de aplicación, permite a los pasajeros reclamar prácticamente en cualquier lugar e independientemente de la aerolínea, por lo que, por ejemplo, será posible presentar tanto una reclamación por retraso a Air Europa como otra por vuelo cancelado a Korean Air sin que prácticamente importe el aeropuerto donde ocurra la incidencia.
El Reglamento 261/2004, de la Unión Europea
Sin embargo, los países europeos cuentan con una normativa adicional que ofrece una cobertura de derechos considerablemente mayor que el Convenio de Montreal, se trata del Reglamento (CE) 261/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo. En esta ley, no solo se especifican los requisitos para poder presentar una reclamación aérea y recibir una indemnización o un reembolso, sino que también se contemplan otros derechos relacionados con las incidencias habituales y se indican las cuantías exactas reclamables en cada caso.
La parte menos positiva de este reglamento es que su ámbito de aplicación es, en comparación, considerablemente más reducido, ya que las condiciones e indemnizaciones de la normativa europea se aplican en los aeropuertos europeos, y solo será posible adherirse a esta ley desde fuera de la Unión Europea cuando:
- El destino del vuelo sí sea un aeropuerto comunitario.
- La aerolínea que gestiona el vuelo que ha sufrido la incidencia sea también europea.
Es por eso que escoger aerolíneas europeas que cubren trayectos fuera de la Unión Europea, como Air Europa o Iberia, es lo más recomendable. De esta forma, los pasajeros que deban reclamar una indemnización por retraso de vuelo a Air Europa o Iberia, por ejemplo, podrán acogerse al reglamento europeo.
Cuándo reclamar un vuelo según la ley europea
Tal como ocurre con el Convenio de Montreal, no todos los vuelos retrasados o cancelados son aplicables según el reglamento europeo. Por eso, aunque se cumplan los requisitos mencionados anteriormente para poder acogerse a la ley europea, deberán darse otros para poder presentar una reclamación aérea a Air Europa o la aerolínea europea en cuestión.
Para los vuelos retrasados, el texto europeo exige lo siguiente:
- El avión deberá llegar con tres horas o más de retraso a su destino.
- La razón del retraso deberá depender de la compañía aérea en cuestión.
Los vuelos cancelados solo serán reclamables cuando:
- La compañía notifique la cancelación con menos de catorce días de antelación.
- La razón de la cancelación dependa de la misma compañía.
- Exista una diferencia horaria entre el vuelo cancelado y el alternativo, de haberlo, de mínimo dos o tres horas según la distancia del trayecto.
Con todos estos requisitos cumplidos —los de este apartado y los del anterior—, se podrá reclamar una indemnización según la ley europea, independientemente del país donde suceda, de entre 125 y 600 euros.
Cómo reclamar un vuelo
El modo de reclamación de un vuelo retrasado o cancelado es diferente según si se aplica el Convenio de Montreal o el Reglamento (CE) 261/2004. Esto se debe, principalmente, a que con el Convenio de Montreal el pasajero deberá justificar las pérdidas ocasionadas por el incidente, siempre que este sea reclamable.
En cambio, con la ley europea, como las cuantías vienen fijadas, los pasajeros pueden presentar sus reclamaciones de forma mucho más fácil a través de los modelos de reclamación de vuelos de la página web de la aerolínea, tanto si el vuelo ha sufrido la incidencia en un aeropuerto europeo como en uno fuera de la Unión Europea.
En ambos casos, sin embargo, es posible que surjan dudas sobre las reclamaciones a Air Europa o cualquier otra compañía europea según el reglamento comunitario, pero también en lo que respecta a la aplicación del Convenio de Montreal. Por ello, buscar ayuda de la mano de expertos en el sector como AirHelp puede ser una forma recomendable de presentar las reclamaciones que toquen en cada caso.
De hecho, en muchas ocasiones estas empresas expertas en derechos de los pasajeros son las que hacen posible que los pasajeros terminen recibiendo las indemnizaciones que les corresponden, pues por desgracia a veces es necesario terminar en los tribunales.