La Voz de Almeria

Sucesos

Un hombre acude al banco y descubre que le han robado 350.000 euros de la cuenta

La Audiencia Provincial condena a un varón que tenía el dinero oculto en el cajetín de una persiana

Archivo - Audiencia Provincial de Almería.

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La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a cuatro años y seis meses de prisión a un hombre por un delito de uso fraudulento de medios de pago, al utilizar una tarjeta de débito para disponer de 352.207 euros de la cuenta de un particular a través de extracciones casi diarias y compras efectuadas durante cinco meses sin conocimiento del titular.

Según la sentencia, consultada por Europa Press, el perjuicio económico finalmente fijado asciende a 269.407,69 euros, ya que la Guardia Civil recuperó 82.800 euros en efectivo durante el registro efectuado en el domicilio del acusado, donde el dinero se encontraba oculto en el cajetín de una persiana. La resolución indica que esa cantidad ya se ha reintegrado al perjudicado, por lo que el resto constituye el daño pendiente que el autor deberá indemnizar junto con una multa de 15 meses.

La víctima no utilizaba banca electrónica y desconocía la existencia de la tarjeta, de modo que descubrió el desfalco al consultar el saldo para valorar la compra de una vivienda, momento en el que comprobó que la cuenta apenas conservaba unos 4.000 euros. El acusado dispuso reiteradamente de los fondos entre octubre de 2022 y marzo de 2023 hasta agotar la totalidad del dinero disponible.

La esposa, absuelta

El tribunal de la Sección Segunda absuelve de los delitos a la esposa del condenado al no aparecer "en ninguna de las grabaciones" obtenidas en cajeros y comercios ni constar ningún otro elemento que la vincule con el uso de la tarjeta. No obstante, la declara partícipe a título lucrativo al apreciar que "se benefició de los efectos del delito", de modo que deberá responder solidariamente de la indemnización.

La sala expone que la pareja, en situación de desempleo y con ingresos limitados a una pensión, disponía de joyas, prendas de marca, perfumes y aparatos electrónicos sufragados con el dinero procedente de la cuenta bancaria, además de movimientos y remesas al extranjero que reflejan un nivel de vida superior a sus recursos, circunstancias que la sentencia integra en su valoración sobre el beneficio obtenido.

Asimismo, la Audiencia absuelve a otro acusado al no existir ninguna prueba objetiva que sostenga la acusación formulada contra él, basada exclusivamente en la declaración del autor principal. El tribunal recuerda que el condenado se negó a responder a las preguntas de la defensa ejercida por el letrado Nabil El Meknassi, lo dejó "seriamente mermado el principio de contradicción" e imposibilitó destruir la presunción de inocencia.

El banco no actuó correctamente

La sentencia declara también la responsabilidad civil subsidiaria de la entidad bancaria al entender que el banco "no desplegó las medidas de control necesarias" para verificar la identidad de quien solicitó la tarjeta ni para detectar movimientos "incompatibles con el límite operativo fijado".

El tribunal remarca que la tarjeta se envió a un domicilio distinto del que constaba en la cuenta y que, pese a fijarse un límite diario de 1.000 euros, se autorizaron extracciones de 2.000 euros casi a diario durante más de cinco meses sin activar ningún protocolo de alerta.

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