Abandona a su pareja en un descampado de Almería tras dejarla inconsciente de una patada en el abdomen
La Audiencia de Almería ha condenado a tres años y medio de prisión al autor de la agresión

Entrada de la Audiencia Provincial de Almería.
La Audiencia de Almería ha condenado a tres años y medio de prisión a un hombre que dejó abandonada a su pareja en un descampado tras propinarle una fuerte patada en el abdomen por la que quedó inconsciente y, más tarde, precisó una operación de urgencia debido a una perforación del intestino.
La sentencia, dictada en firme ante la conformidad de las partes, condena al acusado por un delito de lesiones con la atenuante de reparación de daño, dado que antes de la vista oral en la que reconoció los hechos ingresó la indemnización a favor de la perjudicada.
Los hechos tuvieron lugar en la tarde del 30 de julio del pasado año cuando el acusado mantuvo una discusión con la víctima en el domicilio familiar antes de salir en un coche hacia un descampado próximo a un polígono industrial, donde el acusado detuvo el vehículo y obligó a su pareja sentimental a salir del mismo.
En este sentido, se inició un forcejeo entre ambos por el que la mujer cayó al suelo mientras que el acusado se disponía a abandonar el lugar. Fue en ese momento cuando la víctima lanzó un puñado de tierra al acusado, lo que hizo que este regresara y le propinara "una fuerte patada en el abdomen".
La mujer, con la que llevaba 24 años de relación, se quedó inconsciente a consecuencia del golpe, pese a lo cual, el acusado abandonó el lugar de los hechos. No sería hasta momentos después cuando regresara para recogerla y llevarla al domicilio familiar.
A consecuencia de dicha patada, el acusado provocó una perforación traumática en el intestino delgado en la víctima, quien necesitó una intervención quirúrgica de urgencia. La víctima tardó más de dos meses en recuperarse, llegando a quedarle cicatrices en el abdomen.
A raíz de los hechos, un juez de Huércal-Overa acordó el ingreso en prisión provisional del procesado y la prohibición de aproximarse a la mujer, con la que tenía tres hijos --una de ellos menor de edad--, a una distancia inferior a 250 metros. Antes del juicio, el hombre abonó a la perjudicada la cantidad de 21.970 euros en concepto de indemnización.
Ahora, la sentencia amplía esa orden de alejamiento a una distancia de 500 metros durante cinco años, tiempo en el que además también tiene prohibido comunicarse con la mujer.