15 años de licencia para los ambulantes
Cambio consensuado en la ordenanza para ampliar el tiempo y flexibilizar la transmisión

Representantes de la FECOAM y el concejal del área, Carlos Sánchez
El Ayuntamiento de Almería va a ampliar a quince los años que los vendedores ambulantes contarán con licencia para trabajar en los mercadillos de la capital.
Se trata del segundo incremento de la duración de estos permisos que concede el ente municipal después de que se modificara la ordenanza de venta ambulante para adecuarse a la autonómica y pasara la autorización de un año a cuatro, y ahora se vuelven a cambiar algunos elementos de esta normativa por acuerdo entre la Federación de Comercio Ambulante (FECOAM) y el Consistorio a estos 15.
El nuevo texto se aprueba hoy en la Junta de Gobierno Local y que después tiene que pasar por Pleno para ratificarse, y por un periodo de exposición pública con posibles alegaciones. Este cambio pretende según el concejal de Fomento, Comercio y Playas, Carlos Sánchez, que “dote a las familias que viven de la venta ambulante de una mayor seguridad y de estabilidad respecto al ejercicio de su actividad. Los cambios que se introducen en la Ordenanza se han consensuado además con la FECOAM que ven cumplidas así parte de sus reivindicaciones en este sentido”.
Otro de los aspectos que se modifican en la ordenanza y que se llevaba tiempo reclamando por los vendedores ambulantes, se encuentra referida a la transmisión de los puestos y licencias entre los familiares.
En la normativa que se encuentra en vigor solamente se podría realizar esta transmisión “solamente podían ser transmitidas a cónyuges o hijos en tres casos: fallecimiento, incapacidad o jubilación” y a partir del cambio “pueda transmitirse de forma abierta con acuerdo entre las partes”.
Situación
Explica Carlos Sánchez que con la actual situación económica se le ha solicitado “la posibilidad de que se pudiera producir una trasmisión más allá de estos supuestos. La propuesta municipal permite la transmisión de esas parcelas de forma absolutamente abierta que conlleve simplemente un acuerdo entre el actual titular y al que se le va a pasar esa parcela”.
El último cambio de la ordenanza que se aprueba hoy se refiere a las actividades que regula la propia normativa. Explicaba el edil que actualmente “la única ocupación de vía pública regulada es la de los mercadillos, salvo ocupaciones puntuales. Siguiendo lo que además marca la norma autonómica quedan excluidas de esta Ordenanza aquellas actividades que no tienen consideración de comercio ambulante”, entre otras mercados ocasionales, actividades ambulantes industriales, etc.
Vendedores
Por su parte Rogelio Gómez, presidente de la FECOAM, explicó por su parte que “con la modificación de esta ordenanza se cumple con buena parte de las reivindicaciones de este colectivo. Supone además el reconocimiento a esas demandas, por lo que debemos considerar esta modificación como un gran paso para todo el sector”.
Igualmente se congratulaba de que “el de Almería sea el primer Ayuntamiento de Andalucía que aplique, con esta modificación, la duración en las autorizaciones la fórmula de quince más quince, como en su día fue el primero a la hora de ampliar esa duración de uno a cuatro años y prorrogable a otros tantos”.